Aprobada una Declaración sobre los derechos y deberes de las personas mayores de Navarra, presentada por el Grupo Parlamentario Socialistas del Parlamento de Navarra.
La Junta de Portavoces ha aprobado por unanimidad una Declaración sobre los derechos y deberes de las personas mayores de Navarra, presentada por el Grupo Parlamentario Socialistas del Parlamento de Navarra, ratificada por el Pleno en sesión celebrada el día 14 de febrero de 2008.
La declaración dice lo siguiente:
“Todos los ciudadanos y ciudadanas mayores residentes en Navarra, con independencia de su edad, tienen los siguientes derechos:
1. A ser tratados con respeto y dignidad y a no ser discriminados por su edad.
1.1. Derecho a la dignidad personal y a la revalorización y reconocimiento social de los mayores.
1.2. Derecho a que se oiga su voz, a no ser socialmente invisibles y a recibir un trato normalizado y sin estereotipos por parte de los medios de comunicación.
1.3. Derecho a no ser discriminados por razón de edad en ningún ámbito o esfera personal o social.
1.4. Derecho a estar libres y protegidos de malos tratos físicos o psíquicos.
1.5. Derecho a que se respeten sus posibles limitaciones.
1.6. Derecho a percibir unos ingresos y pensiones justas y adecuadas que les permitan vivir con suficiencia.
1.7. Derecho a conservar sus relaciones familiares y afectivas.
1.8. Derecho a una atención humanizada de cuidados paliativos y a que se respeten sus últimas voluntades.
2. A ser independiente y a ejercer el control sobre su propia vida
2.1. Derecho al libre desarrollo de su personalidad y a decidir con total libertad y autonomía sus propias opciones vitales en su vida privada y familiar.
2.2. Derecho a elegir libremente el lugar en el que desean vivir y a personalizarlo a su gusto. 2.3. Derecho a la libre convivencia y a las relaciones íntimas, según su opción personal y sin discriminación de ninguna clase.
2.4. Derecho a decidir libremente el destino de sus recursos económicos; derecho que solo puede perderse mediante incapacitación judicial.
2.5. Derecho a recibir asesoramiento personal y tutela de sus derechos para poder decidir libremente, en particular en los procesos de incapacitación o cuando realizan cesiones de su patrimonio, herencias, etc.
2.6. Derecho a la intimidad y al respeto de su domicilio y de su correspondencia.
2.7. Derecho a ser y sentirse autónomos y autosuficientes y a contar con las ayudas precisas para valerse por si mismos.
2.8. Derecho a un entorno accesible, humanizado y seguro que les permita realizar una vida social autónoma y activa.
3. A recibir la asistencia que precisen para sentirse seguros y protegidos
3.1. Derecho a una asistencia sanitaria, universal, gratuita, accesible, sin discriminaciones y que trate de recuperar el máximo las capacidades perdidas.
3.2. Derecho a contar con los apoyos familiares y sociales precisos para no sentirse abandonados y solos.
3.3. Derecho a recibir la asistencia que precisen para sentirse seguros y protegidos.
3.4. Derecho a una asistencia social de calidad, adaptada a sus niveles de discapacidad y dependencia y que favorezcan la suficiencia económica.
3.5. Derecho a permanecer en su domicilio y en entorno social, familiar y afectivo, contando con las adaptaciones y apoyos sanitarios y sociales precisos.
3.6. Derecho a disfrutar de una vivienda en condiciones de accesibilidad y seguridad, adaptada a sus capacidades.
3.7. Derecho a que se respeten sus limitaciones y a no ser discriminados por sus discapacidades físicas o psíquicas.
4. A que se les permita y ayude a sentirse útiles y satisfechos de si mismos
4.1. Derecho a hacer uso de sus capacidades y experiencia desarrollando proyectos propios y actividades sociales que les resulten gratificantes.
4.2. Derecho a colaborar en el cuidado y la educación de los menores sin abusos ni explotaciones.
4.3. Derecho a seguir aprendiendo y acceder a programas educativos y de formación adecuados, así como a todo tipo de actividades que mejoren el saber, las destrezas, aptitudes, desde una perspectiva personal, cívica, y social.
4.4. Derecho a aprovechar las oportunidades de información y comunicación que ofrecen las nuevas tecnologías y a no quedar excluidos de su uso.
4.5. Derecho a un acceso efectivo a actividades culturales, de ocio y tiempo libre.
5. A participar en la vida social y política de la comunidad
5.1. Derecho a tener una representación proporcionada en los órganos de decisión.
5.2. Derecho a ser consultados y a que se oiga su voz para incorporar la perspectiva de edad en la planificación y gestión de los servicios públicos y en el diseño de las ciudades.
5.3. Derecho a una integración efectiva en la sociedad y a no ser aislados de manera sistemática y en contra de su voluntad en organizaciones exclusivas para mayores.
5.4. Derecho a la libertad de comunicación y al respeto a la capacidad de autogestión de sus propias organizaciones.
5.5. Derecho a participar directamente en la gestión de los centros y servicios públicos de la tercera edad, o en caso de incapacidad a través de sus familiares.
Del mismo modo, todos los ciudadanos y ciudadanas mayores residentes en Navarra, con independencia de su edad, se comprometen, consigo mismo y ante la sociedad de la que forman parte, a autoexigirse el cumplimiento de los siguientes deberes:
1. Defender su autonomía e independencia, no permitiendo que los demás decidan por ellos.
2. Esforzarse por tratar de valerse por sí mismos, por ser autónomos y por sentirse autosuficientes.
3. Realizar una actividad física regular acorde con sus capacidades.
4. Esforzarse por mantenerse intelectualmente activos y preservar la curiosidad de adquirir nuevos conocimientos.
5. Aprovechar sus capacidades y experiencia y ponerlas al servicio de los demás para sentirse útiles.
6. Adaptarse en lo posible a los cambios y ser comprensivos y tolerantes con las formas de pensar y actuar de los demás.
7. Realizar una vida social activa, manteniendo el contacto con otros mayores y también con otras generaciones.
8. Participar e implicarse en la sociedad para hacer que se oiga la voz de los mayores.
9. Denunciar los abusos, malos tratos o discriminaciones que puedan soportan ellos mismos u otros mayores de los que tengan conocimiento.
10. Manifestar libremente sus demandas y sus opiniones sobre la calidad de los servicios que reciben, formulando en su caso quejas o propuestas de mejora”.