Publicada el Donnerstag, 25 de Februar de 2010

Resolución por la que el Parlamento insta al Gobierno de Navarra a mejorar la planificación y gestión de las listas de espera en atención especializada

Aprobación en Pleno. Día 25 de febrero de 2010

Se insta al Gobierno de Navarra a adoptar las siguientes medidas dirigidas a mejorar la planificación y la gestión de las listas de espera en atención especializada:

“1. Mejorar la integración y coordinación asistencial:
a. Disminuir las ineficiencias que generan incrementos inadecuados de la frecuentación (reiteración de citas, repeticiones innecesarias de pruebas, etc.)
b. Instauración de un sistema de confirmación de citas para reducir en mayor medida el grado de incomparecencias evitando la pérdida de tiempos de consulta.
c. Aumentar la capacidad de resolución de la atención primaria: mejorando el funcionamiento de los comités entre primaria y especializada para las distintas especialidades, estableciendo protocolos clínicos en las principales patologías e implantando criterios de derivación.
d. Disminuir la variabilidad de la práctica clínica, promoviendo la actualización de protocolos, guías de práctica clínica, contando para ello con la colaboración de los profesionales.

2. Mejorar e incrementar la producción asistencial: incrementos de actividad:
a. Incrementar la producción de los servicios en centros propios: las gerencias de los hospitales públicos diseñarán con periodicidad anual un Plan de Acción sobre las listas de espera del centro hospitalario con el objetivo de optimizar la capacidad de producción:
– Incremento de la actividad a realizar con medios y recursos ordinarios: recuperar las posibilidades de incremento de actividad y mejora del rendimiento y la eficacia con los medios ordinarios recogidos en el contrato programa del centro y pacto por objetivos de cada uno de los servicios que tengan lista de espera.
– Producción con medios adicionales estructurados: Incluirá las propuestas cuantificadas y detalladas de actividad que el centro podrá asumir con financiación adicional correspondiente (partida listas de espera).
– Actividades en horario de tarde: las gerencias de los centros deberán analizar las actuaciones necesarias para lograr la máxima optimización de la utilización de los quirófanos y locales de consulta externa y pruebas complementarias, con recursos estructurales adicionales para su uso hasta las 24 horas.
– Los hospitales públicos determinarán un plan específico para las temporadas de verano, Navidad y Semana Santa con el objetivo de intentar evitar el incremento estacional de la lista de espera, incentivando en este periodo la jornada de mañana y tarde.
– Las gerencias de los hospitales con periodicidad trimestral propondrán planes de choque en jornada de tarde y de manera coyuntural. Estos planes de choque deben concebirse como una medida extraordinaria y no de carácter estructural para suplir carencias de personal o la falta de actividad en jornada ordinaria o representar un concepto salarial más de tipo periódico. Cuando se realicen este tipo de programas deberán estar debidamente soportados en estudios que permitan la debida programación y control y evitar que produzcan efectos no deseados.
– Estos Planes de Choque serán propuestos de manera exclusiva por las gerencias; deberán responder a objetivos concretos y especificados de mejora, explicitando con detalle la actividad a realizar, la financiación adicional y las características de dicho plan. La autorización de estos planes específicos deberá estar supeditada a los cumplimientos de la actividad ordinaria recogidos en los pactos de gestión de los centros y deberán ir acompañados de un proceso de optimización de pacientes. Se deberán reglamentar de forma debida y homogénea las percepciones que la actividad genere y se deberá extremar el control económico de la actividad a efectos de determinar el coste real de los procesos.
b. Potenciar la colaboración con centros y servicios concertados con la participación activa del servicio del Servicio de Prestaciones y Conciertos. Con periodicidad trimestral se elaborarán planes de remisión de pacientes a centros concertados en aquellos procesos patológicos y pruebas complementarias donde la demanda sea claramente inadmisible por los respectivos centros sanitarios del SNS-Osasunbidea.

3. Mejorar la Gestión de la lista de espera quirúrgica:
a. Determinar normativamente una persona responsable, en cada centro hospitalario, de la elaboración, seguimiento y mantenimiento de la lista de espera en actividad quirúrgica, prueba complementaria y consulta externa. Esta persona responsable dependerá directamente de la dirección/gerencia del centro hospitalario y participará y tendrá presencia en la comisión de programación quirúrgica de cada hospital.
b. Se establecerán procedimientos de inclusión de pacientes en la lista de espera velando por el cumplimiento de la normativa en vigor y a través de la persona responsable de la lista de espera en cada centro hospitalario y exigir su cumplimiento.
c. Esta persona responsable de cada centro elaborará un manual de procedimiento del centro para el seguimiento, actualización, depuración de la lista de espera.
d. Con periodicidad mensual la dirección del centro hará pública la situación de la lista de espera del hospital que estará a disposición de los usuarios y profesionales en la página web del Gobierno de Navarra.

4. Modificación de la estructura administrativa centralizando la gestión de la lista de espera del SNS-O en atención especializada:
a. Se pondrá en marcha una unidad central de gestión de las diferentes partidas “retribución de personal contratado para la reducción de listas de espera”, a través de la Agencia Navarra de Salud. Se elaborará un Plan de Gestión de la lista de espera, que deberá ser implantado, desarrollado y evaluado por esta unidad central de gestión, que tendrá las siguientes funciones:
– Analizar las propuestas contenidas en los planes de actuación elaborados por las gerencias de los centros hospitalarios para su posterior aprobación por el Departamento de salud.
– Proponer a la consejería de salud, a la vista de las distintas propuestas e informes, los volúmenes de actividad y los recursos necesarios para alcanzar los objetivos del plan.
– Derivar a otros centros hospitalarios de carácter privado los pacientes que no pueden ser atendidos en los hospitales propios, cumpliendo con la ley de garantías de espera, a través del servicio de prestaciones y conciertos.
– Proponer criterios de asignación de los flujos económicos asociados a movimientos de pacientes entre centros.
– Seguimiento centralizado de los planes de cada centro hospitalario y el control y seguimiento de la ejecución presupuestaria de la financiación económica de los planes de actuación sobre lista de espera.
– A petición de los centros sanitarios y de las especialidades médicas y comisiones científicas, el responsable de la unidad central propondrá criterio de inclusión en lista de espera.
– Cualquier otra función que en relación con este plan de gestión de lista de espera decida asignarlo a la propuesta por la dirección general. Para el ejercicio de sus funciones de autorización, seguimiento y evaluación del desarrollo del plan de gestión de la lista de espera se adscribirá a esta unidad el personal técnico y administrativo necesario para poder desarrollar las funciones asignadas a la misma.
b. Creación y puesta en marcha de los comités técnicos hospitalarios para la gestión de la lista de espera. Con la finalidad de lograr la mayor participación de los profesionales sanitarios, se crearán en el área de Pamplona y en el área de salud de Estella y Tudela los respectivos comités técnicos, que tendrán funciones de asesoramiento y propuesta de actuaciones a la dirección del centro en el desarrollo de estratégicas para una mejor gestión de la lista de espera, orientada tanto a control de la demanda como a mejora de la oferta sanitaria. En estos comités, participará el responsable del Centro de Consultas Externas de Príncipe de Viana, los responsables del servicio de atención al paciente de los centros, los responsables de gestión de la lista de espera de cada centro, la dirección médica de cada centro y aquellos jefes de sección que reglamentariamente se determinen.

5. Se deberán desarrollar instrumentos y mecanismos de evaluación continuada de la gestión de las listas de espera, documentando las medidas correctoras adoptadas. Así mismo se acometerá un mayor seguimiento de la demora y sus causas incidiendo en las mismas.

6. Se deberán analizar los factores que intervienen en la génesis de la lista de espera y se deberá también efectuar un examen detallado por diagnósticos de las patologías más relevantes, realizando propuestas de mejoras organizativas que contribuyan a su resolución.

7. De cara a obtener una adecuada perspectiva de la situación, se llevarán a cabo encuestas a los pacientes y personal facultativo con el objeto de conocer el nivel de satisfacción con el funcionamiento del sistema.