Aprobada la modificación de la Ley Foral 17/2001, reguladora del comercio en Navarra
Tras las enmiendas de UPN, SN y PPN a la iniciativa de Nabai, se amplian de 4 a 10 los domingos y festivos hábiles, y se regulan las rebajas y la jornada comercial
El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, SN y PPN y las abstenciones de Bildu, Aralar-Nabai, I-E y los no adscritos, la Ley de modificación de la Ley Foral 17/2001, reguladora del comercio en Navarra.
El objeto de esta Ley, tras las enmiendas introducidas en Comisión por UPN, SN y PPN, es ampliar de cuatro a diez el número máximo de días hábiles para abrir en domingos y festivos, e incorporar nuevos aspectos relativos a los períodos de rebajas y la jornada comercial en días laborables. Todo ello a partir de cuatro enmiendas in voce consensuadas por UPN, SN y PPN y rechazadas por Bildu y Aralar-Nabai.
En función del nuevo texto acordado, el Departamento competente en materia de comercio establecerá antes del 1 de noviembre de cada año, previa audiencia del Consejo de Comercio de Navarra (nueva denominación del Observatorio Navarro Asesor de Comercio Minorista), el calendario de domingos y festivos hábiles para el año siguiente.
A tenor de los criterios estipulados, se limita a uno el número de días festivos hábiles por mes (en diciembre hasta dos) y se reducen a dos los domingos con posibilidad de apertura durante el año, en ningún caso de manera consecutiva. El horario de apertura y cierre, con una jornada comercial máxima de 15 horas, será fijado libremente por cada comerciante, sin perjuicio de los derechos reconocidos a los trabajadores en el régimen laboral.
El Departamento, previa solicitud motivada, en el caso de los ayuntamientos (para sus respectivos términos municipales) con una antelación de dos meses, podrá introducir variaciones en dicho calendario.
En lo que al horario en días laborales respecta, se establece una jornada comercial máxima de 15 horas que, en el conjunto de la semana, no podrá superar las 90 horas. Del mismo modo, el horario de apertura y cierre será fijado libremente por cada comerciante, ajustándose igualmente a la normativa laboral.
La Ley regula, a su vez, la venta en rebajas. Lo hace a partir del establecimiento de dos temporadas anuales, una a principios de año y otra en torno al período estival, cuya duración oscilará entre una semana y dos meses. Las fechas iniciales y finales se determinarán mediante orden foral, mientras que las fechas elegidas por cada comerciante deberán ser expuestas en el exterior de cada establecimiento, en lugar visible, también durante las horas en que permanezcan cerrados.
La proposición de Ley impulsada por Aralar-Nabai fue tomada en consideración en el pleno del pasado 20 de diciembre, tras la derogación del Decreto-Ley Foral 1/2012, de 21 de noviembre, por el que se modificaba la Ley Foral 17/2001 reguladora del comercio en Navarra, en lo tocante a la apertura de festivos. Sólo UPN y PPN votaron a favor de su convalidación.
El Decreto-Ley Foral tenía por objeto limitar a 10 días la apertura de comercios en domingos y festivos, el mínimo exigido por la nueva normativa estatal, tal y como propuso el Observatorio Navarro Asesor del Comercio Minorista, que solicitó su aprobación “urgente” para adaptar los nuevos calendarios de cara a la campaña de navidad.
El Decreto-Ley foral respondía a la “obligación” que tiene Navarra de “adaptar” la Ley Foral reguladora del Comercio a las novedades introducidas en la normativa básica a través del Real Decreto Ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad, aprobado el 13 de julio.
Dicha norma fijó en 16 el número de apertura en domingos y festivos, pudiendo las comunidades autónomas “incrementarlo sin límite o reducirlo, en ningún caso por debajo de 10”.
La proposición de Ley Foral registrada por el G.P. Nabai pretendía hacer valer las competencias de Navarra para, frente a la “libre apertura de festivos decretada recientemente por el Estado, mantener el acuerdo alcanzado en el marco de la mesa del comercio, en el sentido de no abrir más de 4 festivos al año”.
El grupo proponente ponía de relieve la “difícil situación” por la que atraviesa el pequeño comercio de nuestra comunidad, “afectado desde hace muchos años por el desarrollo de las grandes superficies y el alejamiento de la actividad comercial de los centros de urbanos”.
En ese sentido, se esgrimía que la liberalización de horarios supone una “dificultad añadida” para aquellos pequeños comercios que, por ser familiares o tener un reducido número de trabajadores, “no pueden competir” en esa materia con las grandes superficies.
Igualmente, se subrayaban las consecuencia negativas que, en lo tocante a la “conciliación de la vida laboral y familiar”, entrañan dichos horarios para el conjunto de trabajadores del sector.
· www.parlamentodenavarra.es
· Publicación del Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 93, de 12-11-2012)
· Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 22, de 26-02-2013)
· Publicación del dictamen (BOPN, nº 34, de 27-03-2013)