Publicada el Donnerstag, 1 de Dezember de 2016

Ley reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-19

Aprobación en Pleno. Día 1 de diciembre de 2016

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y los votos en contra de UPN, PSN y PPN, la Ley Foral reguladora del Plan de Inversiones Locales 2017-2019 que, con cargo al Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra por transferencias corrientes, cuenta con una dotación de 100 millones, 40 a distribuir el primer año, 20 el segundo y otros 40 el tercero.


El Fondo de Haciendas Locales es el sistema mediante el cual el Gobierno de Navarra financia a los ayuntamientos y concejos sus gastos corrientes (personal, oficinas, suministros…). Las inversiones (implantación, mejora y renovación de infraestructuras y dotaciones), por su parte, son cofinanciadas a través del Plan de Inversiones Locales, sucesivamente prorrogado desde que el Parlamento validara, por última vez el 22 de diciembre de 2015, el correspondiente al período 2009-12.


El Plan de Inversiones Locales regulado por la presente Ley, con la que se pretende una tramitación “ágil y rigurosa” (se precisan tres informes favorables, técnico, jurídico y económico), se configura en tres apartados: Programa de Inversiones, Programación Local y Libre Determinación.

El apartado de Programa de inversiones, surtido con 34 millones, está destinado a actuaciones concretas en materias de abastecimiento de agua en alta (20,4 millones), tratamiento de residuos urbanos (9,5) e infraestructuras pasivas destinadas al despliegue de redes de acceso de banda ancha de nueva generación (4 millones).

El capítulo de Programación Local, al que se asignan 43 millones, se fundamenta en una clasificación en función del grado de necesidad de la inversión requerida, valorada “conforme a criterios técnicos y de justicia retributiva”, de modo que se tengan en cuenta también las cantidades recibidas por habitante conforme al anterior PIL. A su vez, se introducen principios de “interés social”, a fin de “favorecer la adaptación de infraestructuras y dotaciones a las necesidades de las personas acogidas a la legislación sobre dependencia, discapacidad o problemas de movilidad, así como del alumnado de enseñanza obligatoria”.

Con carácter general, no se incluirán obras de renovación o reparación de infraestructuras con menos de 15 años de antigüedad, salvo que se trate de dotaciones municipales, “cuando sea preciso adaptarlas a la normativa en vigor”, o construcciones relativamente recientes, para su adecuación a personas con discapacidad.

Asimismo, se introduce una nueva línea de inversión, por valor de 1,2 millones (0,6 el primer año, 0,4 en 2018 y 0,2 en 2019) para la urbanización de parcelas de uso sanitario o docente, subvencionables al 70% (con derecho a deducción del IVA) o al (85% (sin devengo del IVA). La aportación económica máxima no podrá exceder de 100.000 euros por entidad local.

Atendiendo a las demandas formuladas por las entidades locales, se prevé financiación para redes locales de abastecimiento, saneamiento y pluviales (11,26 millones), pavimentación de calles con redes (13,54) y sin redes (1,6), alumbrado público (5), mejora y adaptación de edificios públicos (6,6) y arreglo de caminos a núcleos habitados (5 millones).

A fin de obtener una mejor distribución territorial de los recursos reservados para obras de redes locales de abastecimiento, saneamiento y pluviales y de pavimentación de calles con redes, se tomará en cuenta la cifra oficial de población a 1 de enero de 2015 de la entidad local titular de la competencia correspondiente. Se trata de “definir con mayor claridad el modo de calcular el límite de aportación económica máxima por entidad local, incrementando los porcentajes de los tramos inferiores”.

En ambos casos, tanto en Programa de Inversiones como de Programación Local, se podrá reservar hasta un 5% de la cuantía total estipulada a la atención de solicitudes calificadas de emergencia (incluidas sus inversiones complementarias) o a inversiones que precisen de financiación en régimen excepcional.

En ese sentido, se proyecta calificar de emergencia todo alumbrado público y todas las redes locales de abastecimiento, saneamiento y pluviales con riesgo o problema sanitario grave, debiéndose proceder en ambos casos “de manera inmediata”.

Y también en relación al Programa de Inversiones y de Programación Local, la Ley sube del 40 al 50% el abono vinculado al inicio de la obra, dejando el 20% para la mitad y el resto al finalizar los trabajos.

Para Libre Determinación, esto es, para actuaciones inversoras a definir libremente por las entidades locales beneficiarias, se reservan 23 millones, 17 de ellos para localidades de menos de 3.000 habitantes, a las que, “rompiendo con la filosofía de anteriores planes, se pretende primar atendiendo a su condición de zonas rurales o deprimidas”.

En ese capítulo, se contempla la financiación de obras ejecutadas con autorización concedida al amparo del PIL 2009-12. En este supuesto, dada la mayor premura, se amplía hasta el 2 de mayo el plazo para cursar las solicitudes de los informes de adecuación exigidos, manteniéndose en el 31 de enero para los ejercicios 2018 y 2019.

Por otra parte, los ayuntamientos y concejos con remanentes negativos deberán destinar las cantidades percibidas en concepto de Libre Determinación a financiar el saldo negativo del ejercicio anterior.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del Proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 115, de 07-10-2016)
• Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 132, de 10-11-2016)
• Publicación del dictamen (BOPN, nº 138, de 23-11-2016)