Aprobada la Ley Foral que regula los Tributos sobre el Juego
Los dos cambios más significativos son la reducción del tipo impositivo del bingo, que pasa del 25 al 20%, y la subida del gravamen de las apuestas, que pasa del 10 al 12%
El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E, la abstención de PPN y el voto en contra de PSN, la Ley Foral por la que se regulan los Tributos sobre el Juego en la Comunidad Foral.
La Ley tiene por objeto abordar una regulación global de la gestión tributaria del juego, delimitando con precisión las competencias del Estado y de la Comunidad Foral, de acuerdo con el Convenio Económico y la normativa europea, y conforme a los necesarios estándares de eficacia y modernidad.
A ese respecto y según se precisa, el Estado es competente sobre las actividades de juego que se realicen a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos y las loterías de ámbito estatal. Navarra, por su parte, tiene la competencia exclusiva en materia de Casinos, Juegos y Apuestas, con exclusión de las Apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas.
En este sentido, los dos cambios más significativos que introduce la nueva regulación son la rebaja del tipo impositivo del bingo, que pasa del 25 al 20%, y la subida del tipo de gravamen de las apuestas, que sube del 10 al 12%.
En el caso del bingo, la minoración se fundamenta en el hecho de que este juego está sometido en Navarra a una especie de doble tributación: el impuesto sobre el juego propiamente dicho y un gravamen municipal sobre los premios obtenidos, circunstancia ésta que no se reproduce en el resto del Estado.
Sin embargo, el tipo de las apuestas se incrementa del 10 al 12%, al considerarse que este tipo de juego, el qué más se está incrementando en los últimos años, disfruta de una situación tributaria “demasiado favorable” respecto a otros como el mismo bingo, las máquinas de juego o el realizado por Internet.
Esta modificación alcanza también a las rifas y tómbolas, que quedan sujetas a un tipo del 12%. No obstante, las tómbolas de entidades benéficas o de carácter social estarán ligadas a un tipo especialmente reducido del 1%. A aquellas que disfrutaban de exenciones antes de la entrada en vigor de esta Ley, se les aplicará, además, una bonificación durante los 5 primeros años: del 90% en 2017, 70% en 2018, 50% en 2019, 30% en 2020 y 10% en 2021. El ejemplo más destacado es la Tómbola de Cáritas de Pamplona.
• www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del Proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 128, de 03-11-2016)
• Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 138, de 23-11-2016)