Publicada el Donnerstag, 25 de Juni de 2020

Ley Foral de concesión, regulación y distribución de un crédito extraordinario de 25 millones de euros con cargo al Fondo de Participación de las Haciendas Locales de Navarra, dirigido a cubrir las necesidades derivadas del Covid

Aprobación en Pleno. Día 25 de junio de 2020

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la abstención de Navarra Suma, la Ley Foral de concesión, regulación y distribución de un crédito extraordinario de 25 millones de euros con cargo al Fondo de Participación de las Haciendas Locales de Navarra, dirigido a cubrir las necesidades de las Entidades Locales derivadas de la adopción de medidas de carácter extraordinario y urgente por razones de salud pública motivas por el Covid-19.

 

La presente Ley Foral obedece al mandato recogido en el artículo 20 de la Ley Foral 6/2020, de 6 de abril, de medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus, donde se encarga al Gobierno la remisión de un proyecto de Ley para modificar por dicho importe la Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2020, al objeto de regular el citado fondo y las condiciones de su distribución.

 

La financiación del crédito extraordinario de 25 millones ser realizará con cargo a los mayores ingresos previstos en la partida Remanente de tesorería afecto al Fondo de Participación de las Haciendas Locales, cuyo saldo a fecha de 15 de abril ascendía a 72.164.524,64 euros, de los cuales, ‑hasta el 17 de junio‑ ya se han utilizado 8.129.776,42 euros para financiar modificaciones presupuestarias.

 

El crédito extraordinario se aplicará a las siguientes partidas presupuestarias: Covid-19 Fondo extraordinario impacto presupuestos municipales 2020 (10.500.000 euros), Covid-19 Fondo extraordinario déficit adicional transporte urbano viajeros (1.000.000) y Covid-19 Fondo extraordinario transferencias de capital para inversiones de impulso de la economía local (13.500.000 euros).

 

El primero de los tres fondos que constituyen la dotación del crédito extraordinario está provisto de 10,5 millones para transferencias corrientes de carácter no finalista, con las que se pretende paliar el impacto que, debido a la disminución de ingresos y al aumento de gastos, está provocando la pandemia en todos los municipios de Navarra.

 

Hay que tener en cuenta que, por un lado, el estado de alarma ha supuesto una menor recaudación por la suspensión total o parcial de actividades y servicios municipales. Y, por otro lado, las medidas adoptadas para el sostenimiento de sectores clave de la actividad económica local ‑comercio, turismo y hostelería­‑, así como para facilitar la conciliación de la vida laboral, personal y familiar han contribuido también a descuadrar los presupuestos municipales.

 

La distribución de los 10,5 millones, del que serán beneficiarios todos los municipios de la Comunidad Foral, se distribuirá de la siguiente Manera: escuelas Infantiles de 0-3 años, 1.500.000 euros; escuelas de Música, 200.000; residencias de Tercera Edad y centros de día de mayores: 500.000; servicios deportivos, 3.100.000; servicios de estacionamiento regulado, 600.000; conciliación, 1.000.000; sostenimiento de la actividad económica ocal: 1.000.000; otros mayores gastos y menores ingresos, 2.600.000 euros.

 

La fórmula de asignación obtenida mediante la combinación lineal de diez variables indicativas, todas ellas ponderadas en función de la capacidad de explicar cada afección, arroja el índice de reparto para cada municipio. Así, entre los principales receptores se encuentran Pamplona, que percibirá 2.586.930,26 euros, Tudela, 545.115,97, Valle de Egués, 397.159,12, Barañain 321.149,46, Burlada, 305.956,07, Estella, 223.902,32 y Tafalla, con 200.000,58 euros.

 

El segundo fondo extraordinario de transferencias corrientes de carácter finalista, de 1.000.000 de euros, aparece concebido para atenuar el déficit adicional generado como consecuencia del Covid-19 en la gestión del transporte colectivo urbano de viajeros. Serán beneficiarios aquellos municipios que, entre el 14 de marzo, fecha de declaración del estado de alarma, y el 21 de junio, vinieran prestando el servicio de forma individual o mancomunada.

 

Los municipios interesados deberán presentar antes del 15 de septiembre, ante la Dirección General de Administración Local y Despoblación, la certificación acreditativa del importe del déficit adicional referido. El reparto, proporcional, se hará en un único pago antes del 15 de noviembre

 

El tercer fondo extraordinario, en este caso de transferencias de capital para inversiones tendentes a impulsar, recuperar y dinamizar la economía local, está surtido con 13.500.000 euros. Resultarán beneficiarios todos los municipios que efectúen inversiones en materia de eficiencia energética, movilidad urbana sostenible, adecuación de dotaciones, conectividad en banda ancha y eficiencia en uso del agua.

 

El plazo para la ejecución de las inversiones, que pueden ser en beneficio de uno o varios de los concejos del término municipal, será el comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de septiembre de 2021. En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley Foral, prevista para el mismo día de su publicación en el BON, se aprobará la relación de municipios beneficiarios y las cuantías a percibir, procediéndose a su abono íntegro, que tendrá la consideración de anticipo.

 

El municipio beneficiario tendrá la obligación de ejecutar la inversión o inversiones por un importe (IVA incluido) superior en, al menos, un 15% a la ayuda recibida, en todo caso compatible con otras aportaciones procedentes de otros organismos públicos o privados. No obstante, la suma de todas las aportaciones percibidas no podrá superar el 100% de la inversión realizada.

 

El incumplimiento de alguna de las condiciones estipuladas dará lugar a la exigencia del reintegro total o parcial de las cantidades abonadas, que pasarán a tener la consideración de remanente de tesorería afecto al Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra.

 

Las cuantías a percibir por cada municipio se calcularán conforme a los siguientes parámetros:

 

a) 38 municipios simples con población inferior a 100 habitantes: 10.000 euros por municipio, por un total de 380.000 euros.

 

b) 5 municipios compuestos con población inferior a 100 habitantes: 11.072 euros por municipio, por un total de 55.360 euros.

 

c) 81 municipios simples con población igual o superior a 100 habitantes e inferior a 500 habitantes: 19.000 euros por municipio, por un total de 1.539.000 euros.

 

d) 29 municipios compuestos con población igual o superior a 100 habitantes e inferior a 500 habitantes: 21.036,80 euros por municipio, por un total de 610.067,20 euros.

 

e) 25 municipios simples con población igual o superior a 500 habitantes e inferior a 1.000 habitantes: 40.000 euros por municipio, por un total de 1.000.000 euros.

 

f) 11 municipios compuestos con población igual o superior a 500 habitantes e inferior a 1.000 habitantes: 44.288 euros por municipio, por un total de 487.168 euros.

 

g) 18 municipios simples con población igual o superior a 1.000 habitantes e inferior a 2.000 habitantes: 65.000 euros por municipio, por un total de 1.170.000 euros.

 

h) 5 municipios compuestos con población igual o superior a 1.000 habitantes e inferior a 2.000 habitantes: 71.968 euros por municipio, por un total de 359.840 euros.

 

i) 19 municipios simples con población igual o superior a 2.000 habitantes e inferior a 3.000 habitantes: 86.528,20 euros por municipio, por un total de 1.644.035,80 euros.

 

j) 4 municipios compuestos con población igual o superior a 2.000 habitantes e inferior a 3.000 habitantes: 95.804,02 euros por municipio, por un total de 383.216,09 euros.

 

k) 14 municipios simples con población igual o superior a 3.000 habitantes e inferior a 5.000 habitantes: 110.000 euros por municipio, por un total de 1.540.000 euros.

 

l) 2 municipios compuestos con población igual o superior a 3.000 habitantes e inferior a 5.000 habitantes: 121.792 euros por municipio, por un total de 243.584 euros.

 

m) 6 municipios simples con población igual o superior a 5.000 habitantes e inferior a 10.000 habitantes: 155.000 euros por municipio, por un total de 930.000 euros.

 

n) 3 municipios compuestos con población igual o superior a 5.000 habitantes e inferior a 10.000 habitantes: 171.616 euros por municipio, por un total de 514.848 euros.

 

o) 9 municipios simples con población igual o superior a 10.000 habitantes e inferior a 50.000 habitantes: 200.000 euros por municipio, por un total de 1.800.000 euros.

 

p) 2 municipios compuestos con población igual o superior a 10.000 habitantes e inferior a 50.000 habitantes: 221.440 euros por municipio, por un total de 442.880 euros.

 

q) 1 municipio simple con población igual o superior a 50.000 habitantes: 400.000 euros por municipio, por un total de 400.000 euros.

 

A efectos de lo previsto en el presente apartado, el Ayuntamiento de Baztán tendrá la consideración de municipio compuesto.

 

Las cifras de población de cada municipio serán las oficiales publicadas por el Instituto de Nacional de Estadística a fecha 1 de enero de 2020.

 

En el transcurso del debate efectuado en Pleno se han aprobado las dos enmiendas de adición presentadas, ambas con la abstención de Navarra Suma y el respaldo del resto.

 

La primera, a iniciativa de EH Bildu, prevé la inclusión entre las inversiones financiables en materia de movilidad urbana sostenible (con cargo al Fondo extraordinario de Transferencias de capital para el impulso de la economía local) de la “redacción de Planes integrales de actuación en materia de accesibilidad previstos en la disposición adicional segunda de la Ley Foral 12/2018, de 14 de junio, de Accesibilidad Universal”.

 

La segunda, registrada por el PSN con el apoyo de Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu, “faculta a la Dirección General de Administración Local y Despoblación para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias en el desarrollo y aplicación de lo establecido en la presente Ley”.

 

La sesión, de carácter mixto (presencial y telemática), ha reunido en el Salón de Plenos al Presidente de la Cámara, Unai Hualde, las Vicepresidentas Inma Jurío y Yolanda Ibáñez, los Secretarios Juan Luis Sánchez de Muniáin y Maiorga Ramírez, y las y los Portavoces de los seis grupos con representación en la Cámara. El resto de electos ha formalizado la delegación del voto, cuestión voluntaria pero recomendada por razones sanitarias de interés público. La Presidenta del Gobierno, María Chivite, ha acudido acompañada del Vicepresidente Primero, Javier Remírez, de la Consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José Mari Aierdi, el Consejero de Cohesión Territorial, Bernardo Ciriza, y del Consejero de Políticas Migratorias y Justicia, Eduardo Santos.