Publicada el Mittwoch, 22 de November de 2023

El Parlamento presenta alegaciones al recurso de inconstitucionalidad contra la modificación de la Ley Foral de Contratos públicos contenida en la Ley de PGN 2023

Los servicios jurídicos se remiten a la competencia exclusiva de Navarra en la materia y a la plena conformidad con los principios europeos relativos a la contratación pública 

El Parlamento de Navarra ha presentado este miércoles las alegaciones al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de España contra la Ley Foral 35/2022, de 28 de diciembre, en cuya disposición adicional segunda se modificaba la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.

 

Los preceptos recurridos hacen alusión a la reserva de contratos a entidades sociales empleadoras de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, a la regulación de los contratos de contenido artístico relacionados con las actividades docentes y a los acuerdos de adquisición pública de medicamentos genéricos, biosimilares y medicamentos originales sin protección de patente, por los servicios de farmacia dependientes del SNS-O.

 

En las alegaciones presentadas, los servicios jurídicos del Parlamento de Navarra argumentan que la vigencia de los derechos históricos que amparan el régimen foral y que reconoce la disposición adicional primera de la Constitución se plasman en el elenco competencial asumido por la Comunidad Foral a través de la LORAFNA.

 

En concreto, el artículo 49.1 d) de la LORAFNA atribuye a Navarra la competencia exclusiva sobre contratos públicos y concesiones administrativas “en virtud de su régimen foral”, lo que confiere a la Comunidad Foral unas facultades ordenadoras que trascienden del mero desarrollo legislativo de las bases definidas por el Estado, como sucede con las demás comunidades autónomas cuyas competencias no se amparan en los derechos históricos.

 

Asimismo, la propia Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, reconoce que la aplicación de la legislación estatal de contratos al ámbito de la Comunidad Foral se aplicará conforme a la LORAFNA.

 

Por otra parte, se aduce que la regulación que Navarra efectúa de los contratos públicos resulta plenamente conforme con los principios que dimanan de la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, así como de la jurisprudencia emanada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.