Publicada el Vendredi, 26 de septembre de 2008

Aprobada una resolución por la que el Parlamento insta al Departamento de Educación a Garantizar que las Escuelas Oficiales de Idiomas puedan organizar, impartir y certificar cursos especializados para el perfeccionamiento de idiomas

Tanto para los niveles básico, intermedio y avanzado, como en los niveles C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCERL), de acuerdo con la disposición adicional segunda del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre.

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy por unanimidad una resolución por la que se insta al Departamento de Educación a “garantizar que las Escuelas Oficiales de Idiomas puedan organizar, impartir y certificar cursos especializados para el perfeccionamiento de idiomas, tanto en los niveles básico, intermedio y avanzado, como en los niveles C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCERL), de acuerdo con la disposición adicional segunda del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre”.

La resolución incluye un segundo punto, fruto de una enmienda de sustitución presentada por el G.P. SPN, en el que se insta al Departamento de Educación a que,“en la línea de lo indicado por la secretaría de Educación a la Oficina del Defensor del Pueblo, acredite oficialmente las competencias alcanzadas por los alumnos en los cursos correspondientes a los niveles C que se impartan en las Escuelas de Idiomas de Navarra.

Asimismo, se insta a que las medidas destinadas a ampliar y profundizar en los niveles C del MCERL que se propongan desde el Ministerio de Educación, Políticas Sociales y Deporte, se implanten sin dilación en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Navarra”.

En la exposición de motivos, la moción impulsada por el G.P. Nabai señala que, si bien “la LOE dice que los estudios de idiomas a impartir en nuestras escuelas deben seguir las recomendaciones que el Consejo de Europa estipuló en el MCER (documento elaborado con el fin de igualar la enseñanza para facilitar la homologación de los títulos de los centros públicos de los países miembros de la Unión Europea), el Real Decreto que desarrolla la LOE en este terreno (RD 1629/2006) “ha sido nefasto para los intereses de las escuelas oficiales de idiomas del estado español, ya que se limita a alcanzar el nivel B2 en las Escuelas Oficiales de Idiomas a partir del próximo curso”.

Por ello, Nabai considera que el Real Decreto 1629/2006, al establecer la equivalencia de los antiguos Certificados de Aptitud o de Ciclo Superior (5 cursos, la certificación más alta) con el nivel B2 del MCER (inferior al C1 y C2), “lesiona gravemente y con carácter retroactivo los derechos de los titulares de dichos certificados, expedidos por el propio Ministerio y/o las Comunidades Autónomas a propuesta de las Escuelas Oficiales de Idiomas (EEOOII)”.

 

 

· Publicación de la moción (BOPN, n.º 48, de 23-05-2008)