Publicada el Jeudi, 17 de mars de 2011

Aprobada una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a tener en cuenta la faceta formativa del personal cuidador que realiza tareas en los centros educativos y a adscribirlos al Departamento de Educación

La iniciativa del G.P. Nabai reclama criterios claros de contratación, formación continúa y una titulación específica semajante a la del cuidador Gerontológico

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor del G.P. Nabai, G.P. SPN, A.P.F. CDN y A.P.F. IUN-NEB y el voto en contra del G.P. UPN, una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a que,“ teniendo en cuenta la clara faceta educativa del personal cuidador que realiza tareas en los centros educativos, proceda a la adscripción de estas plazas al Departamento de Educación en lugar al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, del que dependen actualmente”.

La resolución aprobada incluye un segundo punto en el que, a su vez, se insta al Gobierno de Navarra a que “elabore y publique unos criterios claros para la contratación, de modo que el proceso de adjudicación sea transparente y las listas de trabajo sean públicas y conocidas por las personas aspirantes a dichos puestos”.

Del mismo modo, ya en un tercer apartado, se insta al Departamento de Educación a que “posibilite el acceso a la formación del personal cuidador dentro del Plan Anual de Formación del Profesorado, garantizando así la formación continua del mismo”.

Además, se insta al Ejecutivo Foral para que el acceso a estas plazas se realice “a través de concurso-oposición, valorando así la experiencia y los méritos”.

Finalmente, se insta al Gobierno de Navarra a que, “como ocurre con el personal eventual docente, se realice un concursillo en junio para la elección de plaza”.

Estos dos últimos puntos han sido incorporados a raíz de una enmienda in voce presentada por la A.P.F. IUN-NEB y aprobada por asentimiento.

La moción inicial contemplaba otro apartado instando al Ejecutivo Foral a “considerar la necesidad de una titulación específica más acorde al perfil profesional y a las funciones” del cuidador escolar y a encuadrar a éstos “en un nivel C”. Ha sido rechazado con los votos en contra del G.P. UPN, G.P. SPN y A.P.F. CDN. El G.P. Nabai y la A.P.F. IUN-NEB han votado a favor.

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P. Nabai esgrime La ley Orgánica de Educación, en su articulo 72.1, establece que la atención al alumnado con necesidades especiales correrá a cargo de “profesionales cualificados”, algo que choca con las prácticas de la Administración de la Comunidad Foral, donde se exige un título específico para Cuidador Gerontológico”(asistencia a personas de la tercera edad), pero “no se pide titulación alguna para la atención a dicho alumnado”.

· www.parlamento-navarra.es
·Publicación de la moción (BOPN, n.º 15, de 25-02-2011)