Aprobada la modificación de la Ley Foral de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia
Se acota a dos años la prioridad de las familias sin hijos en la adopción de menores de 0 a 2 años, para evitar interpretaciones que conduzcan a la preeminencia indefinida
El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad la Ley Foral de modificación de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia.
La Ley, impulsada por todos los grupos parlamentarios, más los no adscritos, tiene por objeto ajustar la redacción de la disposición transitoria única, con el fin de evitar una interpretación de la misma que conduzca al mantenimiento indefinido de la prioridad de las familias sin hijos en la adopción de menores de 0 a 2 años.
Con la nueva redacción, se mantiene la prioridad para aquellas familias sin hijos que, a la entrada en vigor de esta Ley, figuren inscritas en el Registro de Adopciones de Navarra y hayan sido declaradas idóneas desde el punto de vista psicológico y social por el órgano competente. El plazo de precedencia, sin embargo, queda acotado a dos años a contar desde la fecha de publicación de la presente Ley Foral en el Boletín Oficial de Navarra (BON).
Una vez finalizado dicho plazo o archivado el expediente por cualquiera de los motivos previstos en el ordenamiento vigente, el orden de prelación para la adopción de menores vendrá determinado por la fecha de inscripción del ofrecimiento en el Registro de Adopciones de Navarra.
• www.parlamentodenavarra.es
• Publicación de la Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 28, de 17-02-2014)