Publicada el Jeudi, 26 de avril de 2018

Aprobada la toma en consideración de la PLF de modificación de la Ley Foral 33/2013 de víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936

Se propone un régimen sancionador para acabar con la "discrecionalidad que rige en la retirada de símbolos, leyendas y menciones de enaltecimiento de la dictadura franquista"

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, PSN e I-E y los votos en contra de UPN y PPN, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral de modificación de la Ley 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936.

 

La Ley Foral presentada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra tiene por objeto fijar un régimen sancionador para evitar la discrecionalidad que rige en la retirada de símbolos y menciones de exaltación de la dictadura franquista, de modo que, conforme a los reiterados pronunciamientos del Parlamento, también a nivel normativo, se proceda a poner fin a lo que se entiende constituye una “afrenta a las víctimas y a los valores de una sociedad democrática”.

 

A tal fin, para eliminar aquellos “vestigios contrarios a la libertad” y, según se subraya, “representativos de un pasado a superar”, se establece un sistema de penas dirigido a castigar las acciones u omisiones que supongan incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 33/2013.

 

Así, se tipifican como graves (multa entre 2001 y 1000 euros) las infracciones que supongan incumplimiento de las resoluciones por las que se requiera la retirada de elementos, símbolos, leyendas y menciones franquistas, así como la no atención de los deberes de conservación y mantenimiento, la producción de daños en un Lugar de la Memoria Histórica de Navarra regulado como tal y la elusión de la obligación de comunicar el descubrimiento de restos que pudieran corresponder a personas desaparecidas durante la Guerra Civil o la dictadura.

 

Una vez firmes, las sanciones graves serán objeto de publicación a través de los medios oficiales pertinentes, y en uno de los periódicos de mayor difusión de la Comunidad Foral.

 

Entre las infracciones leves (200-2000 euros), que en caso de reincidencia pudieran ver agravada su calificación, se encuentran la restitución o instalación de nuevos elementos relativos a personas que se significaron por su apoyo al golpe de estado y la posterior dictadura.

 

El régimen sancionador prevé, a su vez, sanciones accesorias consistentes en la pérdida del derecho a obtener subvenciones, bonificaciones o ayudas públicas por un período máximo de dos (infracciones leves) o tres años (graves), y en el reintegro total o parcial de la subvención concedida por cualquier concepto.

 

Sin perjuicio de lo anterior, el incumplimiento de un requerimiento para la retirada de símbolos franquistas facultará al Departamento competente a proceder a su ejecución subsidiaria o a imponer multas coercitivas, hasta doce sucesivas, por períodos de un mes y cuantías de entre 600 y 6.000 euros. En todo caso, transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la Administración estará obligada a ejecutar subsidiariamente las obras ordenadas, con cargo al obligado.

 

La incoación y resolución del procedimiento sancionador correrá a cargo del titular del Departamento competente en materia de memoria histórica o, tratándose de infracciones leves, del titular de la dirección general.

 

Serán responsables de las infracciones tipificadas en esta Ley las personas físicas y jurídicas autoras de las acciones y omisiones descritas, así como las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios hereditarios independientes o autónomos que resulten responsables a título de dolo o culpa. Cuando el incumplimiento corresponda a varias personas, responderán de forma solidaria, salvo que sea posible individualizar el grado de participación.

 

Una vez aprobada su toma en consideración, la proposición de Ley Foral de modificación de la Ley 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936 será dictaminada en Comisión, antes de ser elevada nuevamente a Pleno para su definitivo debate y votación.