Publicada el Jeudi, 15 de novembre de 2018

Rechazada la toma en consideración de sendas PLF para eximir del IRPF las prestaciones públicas por maternidad y paternidad

La Cámara reitera su apuesta por la deducción progresiva en lugar de la exención genérica en la base imponible, por considerar que se ajusta mejor a la noción de “justicia tributaria”

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai (6) e I-E, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral con la que, “de conformidad con la doctrina legal establecida en la sentencia de la Sección Segunda de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo”, se pretendía “eximir del IRPF las prestaciones públicas por maternidad y paternidad, con efectos a partir del 1 de enero de 2014”. El respaldo de UPN, PSN, PPN y Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai (1) ha resultado insuficiente y, tras tres empates a 25 votos, la iniciativa ha decaído.

 

Tramitada en lectura única, la proposición del PPN esgrimía motivos de equidad, “evitar agravios comparativos con el resto de España”, y de “fortalecimiento de las políticas públicas de apoyo a la familia y la maternidad”.

 

La proposición ha decaído porque, frente a la postura de la oposición, que ha amparado la vía genérica de la exención en lugar de la senda progresiva de la deducción, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E han reiterado su inclinación por la “redistribución en función de la renta del sujeto pasivo”, a su juicio “más equitativa que las bonificaciones indiscriminadas”.

 

Los grupos que sostienen al Gobierno aducen que la doctrina del Tribunal Supremo a la que alude el PPN “se circunscribe exclusivamente a lo dispuesto en la norma estatal”. A su vez, recuerdan que “la autonomía legislativa en esta materia ha permitido que en Navarra estas prestaciones estuvieran exentas hasta el año 2012, eliminándose a partir de entonces de manera explícita”.

 

A nivel tributario, el cuatripartito arguye que la aplicación de una exención a un rendimiento que deba integrarse en la base liquidable general, en este caso a las prestaciones por maternidad y paternidad, “puede generar importantes efectos regresivos”.

 

UPN ciñe su demanda hasta diciembre de 2018

 

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai (6) e I-E, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral de modificación parcial del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, al objeto de declarar la exención de las prestaciones por maternidad y paternidad con efectos desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2018. El apoyo de UPN, PSN, PPN y Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai (1) ha resultado insuficiente y, tras tres empates a 25 votos, la iniciativa ha decaído.

 

Tramitada en lectura única, la proposición impulsada por el G.P. UPN se remite al artículo 14 de la Constitución Española, donde se prescribe la “igualdad de todos los españoles ante la ley”, para demandar un cambio en la norma navarra reguladora del IRPF, a fin de evitar un agravio comparativo.

 

A juicio del proponente, la exención de las prestaciones por maternidad y paternidad puede tener carácter retroactivo, ya que “no está prohibido por la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria y resulta más favorable a los interesados”.

 

Lejos de compartir esa apreciación, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E precisan que, si bien la aplicación de esta proposición de Ley Foral con efectos retroactivos “no está explícitamente prohibida en el ordenamiento jurídico, su admisión, según “reiterada doctrina del TC, exige razones de interés general especialmente nítidas cuando, como es el caso, la retroactividad es de grado máximo”.

 

  • www.parlamentodenavarra.es

  • Publicación de la proposición de Ley Foral del PPN (BOPN, n.º 124, de 19-10-2018)

  • Publicación de la proposición de Ley Foral de UPN (BOPN, n.º 129, de 30-10-2018)