Publicada el Jeudi, 19 de septembre de 2019

Aprobada una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a hacer seguimiento de las hipotecas referenciadas al IRPH

Ante una eventual sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que determine la existencia de una "mala práctica debido a falta de transparencia en su contratación"

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy unanimidad una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a que, “ante el aumento de la litigiosidad previsible desde que se hiciera pública la opinión del TSJUE, haga seguimiento del caso de las hipotecas referenciadas al IRPH con sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea aún pendiente”.

 

La resolución aprobada incluye un segundo punto en el que, a su vez, se emplaza al Ejecutivo Foral a “disponer y destinar los recursos convenientes para atender las necesidades de información y asesoramiento de la sociedad navarra ante una eventual sentencia del TJUE que pudiera conducir a determinar la existencia de una mala práctica, como es la falta de transparencia en la contratación de una hipoteca”.

 

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P. Geroa Bai se remite al informe del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) para, dada la “disparidad de criterios existente en el Tribunal Supremo en relación al carácter abusivo o no de dicha cláusula”, reclamar un alineamiento de criterios en torno al “control judicial” que recomienda el magistrado de la Unión.

 

En su sentencia 669/2017, el Tribunal Supremo español falló a favor de la banca, si bien dos de sus magistrados suscribieron un voto particular al entender que dicha sentencia, que negaba el carácter abusivo del IRPH y descartaba la posibilidad de aplicarle ningún control de transparencia, resultaba contraria a la jurisprudencia del TSJUE.

 

En ese contexto, se subraya que, ya con el litigio en el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, el Gobierno español presentó el 7 de junio de 2018 unas observaciones “orientadas a defender los intereses de la banca”. En concreto, alegó que “no era necesario examinar si la cláusula IRPH era o no transparente” y, en previsión de que el IRPH pudiera ser declarado nulo por abusivo, solicitó que dicha “nulidad no tuviera efectos retroactivos, por el impacto económico que dicha providencia tendría sobre las entidades bancarias”.

 

A modo de colofón, el proponente recuerda que “los préstamos vinculados al IRPF se vieron gravemente afectados por la baja del euríbor, pues, si bien las hipotecas sujetas a ese índice también descendieron, lo hicieron por una cuantía mucho menor que las del euríbor, lo que ha supuesto importantes diferencias en las cuotas mensuales de préstamos de similares características, pero referenciados a uno o a otro.

 

Por todo ello y a la espera de conocer el grado de afección que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) tiene sobre los préstamos suscritos en Navarra, se solicita hacer un seguimiento de la situación, en la línea de lo dispuesto por el informe del TSJUE.