Publicada el Jeudi, 17 de octobre de 2019

Rechazada la toma en consideración de la PLF de Navarra + para derogar el Decreto Foral que regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas

Los grupos que apoyan al Gobierno se remiten a un estudio de funcionamiento para, dado el caso, acometer su reforma, mientras EH Bildu defiende la protección de derechos vía ley

El Pleno del Parlamento de Navarra ha rechazado hoy, con los votos en contra de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y el voto a favor de Navarra Suma, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral por la que se deroga el Decreto Foral 103/2017, de 15 noviembre, que regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes.

 

La proposición de Ley impulsada por el G.P. Navarra Suma tenía por objeto “restaurar la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo en las Administraciones Públicas para, conforme a la realidad sociolingüística, establecer en el plazo de seis meses un nuevo procedimiento de valoración del conocimiento del euskera acorde al perfil lingüístico que, de un modo definido y seguro, se efectúe de las plazas”.

 

El nuevo Decreto Foral evitaría la valoración del euskera en la zona no vascófona, y lo ceñiría a entre el 3 y el 6% (zona mixta) o a entre el 6 y el 10% (zona vascófona) del conjunto de méritos “en los puestos con un mayor grado de atención o trato con la ciudadanía”. Con el actual DF, en esas mismas plazas el euskera se puede valorar en la zona mixta hasta un 12% (concurso) o 14% (concurso-oposición) y en la zona vascófona hasta un 20% (concurso) o 23% (concurso-oposición).

 

Entre tanto, mientras no entrara en vigor la nueva regulación propuesta, se recuperaría la normativa reglamentaria vigente en el momento de la entrada en vigor del Decreto Foral 10372017, que quedaría inmediatamente “derogado”. Los procedimientos iniciados y no resueltos de manera definitiva serían tratados “conforme al citado paquete normativo”.

 

Todo este proceso de restauración normativa se llevaría a cabo, según se precisaba, “procurando la mayor participación y consenso posibles”, también en lo relativo a la oferta educativa del modelo D en la zona no vascófona, donde se propugnaba la aplicación de “los mismos criterios que rigen para los demás modelos”.

 

En la exposición de motivos, se aludía al cambio de perfil lingüístico que, “para primar a las personas que hablan euskera”, facultaba la “ambigüedad” del Decreto Foral en vigor desde 2017 y, a ese respecto, se criticaba la “sobrevaloración del vascuence como mérito”, circunstancia a su juicio avalada tanto por el Consejo de Navarra y la sociedad, en origen, como por los sindicatos y los Tribunales de Justicia, a posteriori.

 

La oposición de PSN, Geroa Bai, Podemos-Ahal Dugu e I-E, que han hecho suya la no conformidad del Gobierno, ha impedido la toma en consideración de la citada proposición de Ley, a la que también se ha opuesto, con criterios diferentes, EH Bildu.

 

A decir de los grupos que sostienen al Ejecutivo Foral, “la proposición de Ley Foral supone una intromisión en las funciones propias del poder Ejecutivo relativas al desarrollo reglamentario de las disposiciones legales” y da lugar una “notable inseguridad jurídica con la derogación de la norma, sin que medie una declaración de falta de validez o inadecuación al ordenamiento jurídico, y la puesta en vigor de otra derogada”.

 

Por todo ello, a la espera del estudio del funcionamiento del Decreto Foral 103/2017 que regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes para, dado el caso, acometer su reforma, se invoca el “derecho de todos los ciudadanos a relacionarse tanto en castellano como en euskera con las administraciones” y se apunta que el bajo uso del euskera (5,7% con el personal de Salud) puede obedecer también a que el porcentaje de plazas con requisito de euskera no llega al 3% (excluido el personal docente).

 

La encuesta sociolingüística de 2016 sitúa en el 12,9% el porcentaje de personas bilingües (9,5% en 1991), el doble en el caso de jóvenes de entre 16 y 24 años (25,8%), si bien el uso del euskera no pasa del 6,6%.

 

EH Bildu, por su parte, ha defendido la “oficialidad del euskera en todo el territorio” para, superando las limitaciones derivadas de la zonificación consignada en la Ley Foral 18/1986, posibilitar la igualdad de la ciudadanía a nivel lingüísticos”. A ese respecto, se subraya la “imposibilidad de preservar los derechos lingüísticos vía decreto” y se demanda la” protección y garantía de los mismos, sin discriminación alguna, a través de la Ley”, principal fuente de derecho.

 

El Decreto Foral 103/2017 tiene por objeto “garantizar de forma efectiva todos los derechos derivados de la oficialidad que el euskera tiene reconocida en la zona vascófona”, pretensión que, en lo tocante a la zona mixta, se reduce a “preservar el derecho a la elección de lengua reconocido por la Ley Foral del Euskera”. En cuanto a la zona no vascófona, se busca “adecuar la actuación administrativa para dar una respuesta positiva al derecho reconocido de dirigirse en euskera a las administraciones públicas”. Todo ello, “tal y como se reconoce en la Ley del Euskera, desde la asunción de la “existencia de dos lenguas propias y a partir de la “gradación establecida por la zonificación y la realidad sociolingüística de Navarra”.

 

La sentencia del TSJN del 27 de septiembre anula la valoración imperativa del euskera como mérito en la zona mixta y servicios centrales; invalida la evaluación del euskera como mérito en la zona no vascófona; y revoca el bilingüismo obligatorio en las notificaciones, impresos, uniformes, rótulos, señalización viaria, etcétera, sometiendo dicho proceder al carácter concreto de la actuación, así como al destinatario y su zona de residencia. En total, se cuestionan cinco de los 41 artículos del Decreto Foral 103/2017 que regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes.