Publicada el Lundi, 28 de février de 2022

El plazo para la presentación de candidaturas a la presidencia de la Cámara de Comptos concluirá el 10 de marzo

La elección se llevará a cabo en Pleno mediante votación secreta por papeletas y exigirá mayoría absoluta en primera ronda y, caso de no alcanzarse, mayoría simple en segunda votación

Ante la próxima expiración del mandato de Asun Olaechea, la Mesa, previa audiencia de la Junta de Portavoces, ha acordado iniciar el procedimiento para la elección de la Presidencia de la Cámara de Comptos de Navarra por un período de seis años. El plazo para la presentación de canditaruras concluirá el día 10 de marzo, a las 17:30.

 

La elección se sustanciará en Pleno, mediante votación secreta por papeletas. Se exigirá mayoría absoluta en primera votación. Caso de que ningún aspirante alcanzara dicha mayoría, procederá una segunda votación entre los dos candidatos o candidatas que hubieran obtenido mayor número de votos, resultando elegido el que mayor número de votos obtuviere. De no haber más que un único candidato o candidata, en segunda votación se resolverá por mayoría simple.

 

Cuando ocurriere un empate en alguna de las votaciones del procedimiento electoral establecido en el artículo 25.3 de la Ley Foral de la Cámara de Comptos, se repetirá la votación y, si persistiera el empate, se suspenderá la votación durante el plazo que determine la Presidencia. Transcurrido el plazo, se efectuará una tercera votación y, si en esta última se volviese a producir empate, éste se dirimirá por sorteo.

 

En cuanto a los requisitos para ser candidatos, el artículo 25.2 de la Ley Foral 19/1984 exige estar en posesión del Título de Licenciatura en Derecho, Ciencias Económicas o Empresariales o Profesor Mercantil.

 

El apartado 4 de dicho precepto establece que si el nombramiento recayese en quien ostente la condición de Parlamentario o Parlamentaria, antes de tomar posesión habrá de renunciar a su escaño.

 

El apartado 5 impide la designación de quienes hubiesen desempeñado funciones de gestión, inspección o intervención de los ingresos o gastos del sector público durante los dos años anteriores a la fecha de nombramiento.