Publicada el Thursday, 27 de November de 2014

Aprobada la Ley Foral de reestructuración de la deuda de Osasuna con Hacienda

Facilita el pago de los 49,5 millones que debe con la dación en pago de los bienes inmuebles del club y el otorgamiento de un aval de hasta 4 millones a 15 años

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, SN y PPN y los votos en contra de Bildu, Aralar-Nabai, I-E y los no adscritos, la Ley Foral para la reestructuración de la deuda del Club Atlético Osasuna con la Comunidad Foral de Navarra.


Tramitada en lectura única (con los votos en contra de Bildu, Aralar-Nabai e I-E), la Ley impulsada por los G.P. UPN, Socialistas de Navarra y PPN, tiene por objeto “reestructurar el pago de la deuda que Osasuna mantiene con la Hacienda Tributaria (serán 53 millones a 31 de diciembre), fundamentalmente en base a la dación en pago de los bienes inmuebles del club y al otorgamiento de un aval de hasta 4 millones a 15 años, con el fin de garantizar las operaciones de crédito o préstamo que precise a corto plazo para financiar su actividad.


El diferencial de la deuda no satisfecha a resultas de la tasación que, de mutuo acuerdo entre las partes, elabore una “empresa externa”, deberá abonarse mediante una moratoria de tres años sin intereses (con intereses en caso de ascenso a Primera) y un aplazamiento no superior a 30 años, afectando el pago a los siguientes tres recursos: el 25% del dinero procedente de derechos audiovisuales; el 25% de los traspasos de futbolistas; y el 100% de las cantidades de patrocinio del Gobierno.


Osasuna, por su parte, se asegura un alquiler asequible de Tajonar, 75.000 euros anuales en Segunda y 150.000 en Primera (actualizables conforme a la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos), y consigue la cesión de El Sadar sin más costes que los ligados a su mantenimiento. El Gobierno de Navarra se reserva un “derecho preferente” para promover actividades deportivas, educativas o culturales en las fincas transferidas y Osasuna se compromete a “facilitar” actividades deportivas para los menores de 14 años.


El club, que en el plazo de un mes desde que obtenga la tasación tendrá que formalizar en escritura pública la transmisión de sus bienes (a partir de ahí tendrá otro mes para formalizar el contrato de arrendamiento), deberá proceder también a una modificación de sus Estatutos para posibilitar el nombramiento de una Comisión de Control, con presencia de un representante de la Administración llamado a vigilar el cumplimiento de las obligaciones reguladas en esta Ley, “hasta el completo pago de la deuda tributaria y la extinción de los avales”.


La aprobación de esta Ley, según se consigna, “no eximirá de responsabilidades a los anteriores administradores del C.A. Osasuna por los actos u omisiones que hubieran cometido en el desempeño de sus cargos”. En ese sentido y a partir de una enmienda del G.P. Socialista aprobada con el respaldo de todos los grupos y la abstención de los no adscritos, se exige a Osasuna que encargue una auditoría externa del período 2005-14, para su remisión al Parlamento. A su vez, se emplaza al Gobierno de Navarra a solicitar al Parlamento el encargo a la Cámara de Comptos de una auditoría de todas las actuaciones realizadas (o que debió realizar) por la Hacienda Navarra con el C.A. Osasuna en el período 2005-14. También para su remisión al Parlamento, se emplaza al club a facilitar al Ejecutivo Foral los planes de viabilidad, así como los posibles cambios de su personalidad o situación jurídica.


Así las cosas, el objetivo último de la Ley es compatibilizar el interés que la Comunidad Foral tiene en la continuidad de una institución “emblemática” como Osasuna, con el cobro de la deuda que el club, inmerso en unas “circunstancias financieras de extrema gravedad”, mantiene con la Hacienda Tributaria. Los proponentes entienden que dicho débito sería “imposible de cobrar en otro escenario”, con el agravante de que el Gobierno de Navarra respondería de las cantidades avaladas ante las entidades financieras (restan por saldar 7,2 de los 18 millones que el Gobierno avaló en 2003), en virtud de la Ley Foral 1/2003.


Las nueve enmiendas presentadas por los no adscritos han sido rechazadas.


Rechazada la proposición de los no adscritos


La proposición de Ley para el establecimiento de límites y condiciones de cara a la concesión del aplazamiento de las deudas tributarias del C.A. Osasuna, presentada por los no adscritos, ha sido rechazada con los votos en contra de UPN, SN, PPN, Bildu, Aralar-Nabai, PPN e I-E.


El texto de los no adscritos contemplaba, entre otros, el esclarecimiento de las responsabilidades políticas que pudieran subyacer tras la actual situación económica del club.


Además, se solicitaba un informe jurídico que diera cobertura legal a la dación en pago, al entender que podría contravenir el criterio establecido por la Unión Europea, en el caso de que la entrega del patrimonio se entienda como “ayudas estatales”.


También se demandaba la puesta a disposición del Parlamento de los datos tributarios, informes y antecedentes de Osasuna, al que se apremiaba a encargar una auditoría externa (en el plazo de cuatro meses) centrada, principalmente, en lo acontecido a partir del año 2000.


En el caso de que Osasuna entrara en concurso de acreedores, se preveía solicitar al juez que Hacienda fuera nombrada como administrador concursal acreedor. Y si se transformase en Sociedad Anónima Deportiva (SAD), se le obligaría a pagar un determinado porcentaje del importe total adeudado, de modo que se reduciría la duración total del aplazamiento (30 años). Y si ascendiera a Primera, el plazo máximo de aplazamiento se reduciría a un máximo de 12 años.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación de la proposición de Ley Foral (BOPN, n.º 113, de 24-10-2014)