Publicada el Lunes, 23 de Julio de 2018

La Presidenta del Parlamento traslada a los grupos la solicitud de la FNMC de modificación de las leyes orgánicas que afectan a la financiación de los partidos

Un total de 57 agrupaciones y pequeños partidos a nivel de Navarra se verían afectados por la estimación que ha hecho el Tribunal de Cuentas de "exceso de gasto electoral"

La Presidenta del Parlamento, Ainhoa Aznárez Igarza, ha trasladado a los Grupos Parlamentarios la propuesta de modificación de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio, de Régimen Electoral General, y de la Ley Orgánica 8/2007 de 4 de julio, de Financiación de Partidos Políticos, remitida por la Federación Navarra de Municipios y Concejos (FNMC) y que han sido elaboradas por sus Servicios Jurídicos.

 

La petición surge a raíz de la notificación que se trasladó a esta entidad en abril pasado por parte del Tribunal de Cuentas sobre el inicio de actuaciones al procedimiento sancionador a un número significativo de agrupaciones y partidos políticos que concurrieron a las últimas elecciones municipales por exceso de gasto electoral.

 

Concretamente, en el ámbito de la Comunidad foral estas actuaciones afectarían a 57 agrupaciones y pequeños partidos, y en el ámbito estatal a más de 500 formaciones políticas. El inicio de estas actuaciones, se ha explicado desde la FNMC, viene motivada por el exceso en el límite de gasto electoral previsto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral. Un límite que según se entiende desde esta entidad resulta manifiestamente insuficiente para el desarrollo de una campaña electoral en el contexto de estas pequeñas agrupaciones y partidos políticos, siendo en ocasiones inferiores a las subvenciones por gastos electorales que las formaciones políticas podrían percibir en el caso de obtener representación en la correspondiente Corporación Local.

 

La FNMC ha mantenido reuniones con distintos representantes de Navarra en el Congreso y Senado, instando a promover una modificación legislativa de este límite. Así mismo y en una comparecencia realizada en comisión en el Parlamento foral se transmitió a los grupos la necesidad de instar al Congreso y Senado esta modificación legislativa. Por esta razón se ha trasladado ahora esta propuesta de modificación de ambas leyes.

 

Propuestas de modificación:

 

Artc. 193, apartado 2:

 

Propuesta 1: “Cuando se trate de partidos o agrupación electorales que se presenten en una única circunscripción el límite de gastos electorales señalado en el párrafo anterior no podrá ser inferior a 2.500 euros. En el supuesto de que dichos partidos o agrupaciones alcancen los requisitos exigidos para recibir subvenciones estatales, el límite de gasto electoral no podrá ser inferior a la cuantía subvencionable”.

 

Propuesta 2: “Cuando se trate de partidos o agrupaciones electorales que se presenten en una única circunscripción, no estarán incluidos en el límite de gasto electoral los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electorales de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral. En el supuesto de que dichos partidos o agrupaciones alcancen los requisitos exigidos para recibir subvenciones estatales, el límite de gasto no podrá ser inferior a la cuantía subvencionable”.

 

Propuesta de modificación del artículo 17.Bis:

 

En el apartado uno se propone la supresión en la última línea de la referencia al apartado b, quedando con el siguiente tenor literal:

 

“En ningún caso las sanciones previstas en el apartado a) serán inferiores a cincuenta mil euros”.

 

En el apartado dos, letra b, se propone la supresión del inciso “sin que en ningún caso pueda ser inferior a veinticinco mil euros”.

 

En el apartado tres, letra b, se propone la supresión después de la coma del inciso “sin que en ningún caso pueda ser inferior a cinco mil euros”.