Publicada el Jueves, 1 de Febrero de 2024

Rechazada una moción para instar al Gobierno de Navarra a supeditar cualquier ayuda o subvención al cumplimiento de la legislación de memoria histórica

La Cámara se remite, sin acuerdo, a lo dispuesto en la legislación foral y estatal, donde se detallan los elementos que pueden conllevar pérdida del derecho a recibir ayudas públicas

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de UPN, PPN y Vox, las abstenciones de PSN y Geroa Bai y los votos a favor de EH Bildu y Contigo-Zurekin, una moción para instar al Gobierno de Navarra y a las entidades locales a que “en las bases de todas las convocatorias de ayudas y subvenciones públicas del Gobierno de Navarra se incluya una cláusula que supedite la concesión de la pertinente ayuda o subvención al cumplimiento escrupuloso de la legislación vigente en materia de Memoria Histórica”.

 

UPN ha presentado una enmienda de sustitución, no aceptada por Contigo-Zurekin, titular de la iniciativa, vinculando la memoria histórica a la “condena y la sensibilización en contra de todo totalitarismo, autoritarismo, terrorismo y extremismo político, nacionalista y religioso y, expresamente, de la dictadura franquista, las dictaduras fascistas, las dictaduras marxistas-leninistas y el radicalismo nacionalista”.

 

Y, a su vez, supeditando la concesión de ayudas a la asunción de dicha condena, “en cumplimiento de la legislación vigente en materia de Memoria Histórica, la Resolución 1481 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, la Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo, la Declaración de Praga sobre la Conciencia Europea y el Comunismo, la Declaración de Varsovia de 23 de agosto de 2011, la resolución 2819/2019 del Parlamento Europeo y el resto de resoluciones y declaraciones europeas en contra de los totalitarismos y extremismos análogos”.

 

En el caso de las entidades locales, UPN proponía “estudiar la inclusión en las bases de todas las convocatorias de ayudas y subvenciones públicas en materia de cultura y memoria histórica de cláusulas que supediten a dicha condena la concesión de las ayudas, en cumplimiento de la legislación y las resoluciones y declaraciones” citadas en el punto anterior.

 

Tampoco ha sido aceptada una enmienda del PSN, conminando al Gobierno de Navarra a “continuar con el trabajo establecido en el artículo 10 de la Ley Foral 33/2013, en lo relativo a la actualización constante del censo de símbolos, leyendas y menciones franquistas. Todo ello para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 11.3 de la misma Ley Foral y contribuir a la democratización del espacio público”.

 

En la exposición de motivos, la moción impulsada por el G.P. Contigo-Zurekin solicitaba un plan de actuación para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, donde se detallan los elementos contrarios a los principios y valores éticos que acompañan a las políticas dirigidas a reparar y reconocer la dignidad de las víctimas de toda forma de violencia intolerante y fanática.

 

La Ley, que según se apuntaba habla de "edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos situados en la vía pública, adosados a edificios públicos o ubicados en edificios de carácter privado o religioso con proyección a un espacio o uso público", contempla también la privación de subvenciones, previa sanción por resolución administrativa firme.

 

El seguimiento y comprobación de las personas físicas o jurídicas penadas queda a expensas de una base de datos, cuyo desarrollo, según se precisaba, compete al Departamento autorizado en la materia.