Publicada el Viernes, 19 de Diciembre de 2025

Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias

Aprobación en Pleno. Día 18 de diciembre de 2025

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, la abstención de UPN y EH Bildu y los votos en contra de PPN, grupo Mixto y no adscrita, la Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias para 2026.

 

Uno de los principales objetivos de esta Ley Foral es adecuar el sistema tributario a la realidad económica y social actual, introduciendo medidas que persiguen una mayor justicia fiscal, el estímulo de la actividad económica y el fomento de la responsabilidad social empresarial. Al mismo tiempo, se realizan mejoras técnicas para reforzar la seguridad jurídica y la eficiencia en la gestión de los tributos.

 

Al objeto de “avanzar en la progresividad del sistema y reducir la carga fiscal que soportan los contribuyentes de menor capacidad económica”, se eleva el umbral de rendimientos íntegros de trabajo que exime de la obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas hasta los 17.000 euros anuales.

 

De forma coherente y para simplificar la relación de las personas trabajadoras con salarios más modestos con la Administración tributaria, se incrementa la cuantía de la deducción por rendimientos del trabajo para los contribuyentes con rendimientos netos inferiores a 17.500 euros y se aumenta el importe de la deducción por mínimo personal para contribuyentes cuyas rentas no superen 32.000 euros, con una incidencia más intensa en los tramos más bajos de renta.

 

De la misma manera, se eleva el importe de la deducción por pensiones de viudedad y por pensiones de jubilación para complementar las pensiones más bajas hasta un importe de 15.400 euros anuales.

 

Asimismo, se incorporan nuevas exenciones para realidades “socialmente sensibles”, como las indemnizaciones a víctimas de la talidomida y el amianto y las compensaciones económicas a víctimas de abusos en el ámbito de la Iglesia Católica. También se establece la exención de determinadas ayudas concedidas a transportistas, con un límite de 20.000 euros.

 

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, la principal novedad es la introducción de un tipo de gravamen reducido del 25 por 100, frente al tipo general del 28 por 100, para aquellas entidades que cumplan con determinadas condiciones que reflejan un alto grado de compromiso social y laboral. Dichas condiciones son, entre otras, el mantenimiento de la plantilla, no haber aplicado un ERTE por causas económicas durante el periodo impositivo, no haber sido sancionadas por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y el cumplimiento acreditado de la normativa de igualdad entre mujeres y hombres.

 

El objetivo de esta medida es “utilizar la fiscalidad como una herramienta tractora para la consecución de fines de interés público. Se pretende incentivar a las empresas que no solo generan riqueza económica, sino que también contribuyen activamente a la cohesión social mediante la creación y el mantenimiento de empleo de calidad, la garantía de un entorno de trabajo seguro y la promoción de la igualdad efectiva”.

 

Entre otras medidas, se mejora también la deducción por inversiones en vehículos eléctricos industriales, se potencia la deducción por inversiones en producciones audiovisuales y se establecen límites a la tributación mínima para garantizar una aportación efectiva de las empresas.

 

Las modificaciones en el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados tienen un carácter eminentemente técnico, como la armonización de las reglas de valoración de rentas temporales y vitalicias en los tres impuestos para “dotar de mayor coherencia al sistema y aportar seguridad jurídica al contribuyente”.

 

Otras modificaciones pretenden, con carácter general, revisar la normativa tributaria de la Comunidad Foral para reforzar las herramientas de gestión y lucha contra el fraude, así como para modernizar sus procedimientos. Entre otras medidas, se adaptan las obligaciones de información a la normativa europea (DAC 8), ampliando el deber de informar sobre cuentas financieras y criptoactivos y, como novedad, se incluyen los criptoactivos como bienes susceptibles de embargo, estableciendo su prelación a continuación del dinero en efectivo.

 

El proyecto de Ley Foral establece asimismo el carácter prioritario de las actividades y proyectos de mecenazgo cultural relacionados con la tercera edición de Los encuentros de Pamplona/ Iruñeko Topaketak 2026 y el Año Santo Jacobeo 2027.

 

En el caso del Año Santo Jacobeo 2027, se pretende favorecer la colaboración del sector privado con las instituciones culturales y turísticas de Navarra, “impulsando proyectos vinculados al patrimonio jacobeo y al desarrollo cultural y social de las localidades del Camino de Santiago”. En el caso de la tercera edición de los Encuentros de Pamplona/Iruñeko Topaketak, se persigue incentivar la participación del sector privado en la financiación del evento, con el objetivo de “reforzar el ecosistema cultural contemporáneo de Navarra, y contribuir a su proyección internacional como espacio de encuentro artístico y pensamiento crítico”.

 

Durante el debate previo llevado a cabo en el seno de la Comisión de Economía y Hacienda se incorporaron 10 enmiendas al dictamen (todas a instancias de PSN, EH Bildu, Geroa Bai, y Contigo-Zurekin), y fueron desestimadas las 15 de UPN y de PPN.