Publicada el Jueves, 17 de Junio de 2021

Aprobada la Ley Foral por la que se concede un suplemento de crédito de 2.794.504 euros

Para poder acometer la ejecución de los proyectos que conforman la reprogramación de los programas operativos FEDER asociados a los Fondos REACT UE asignados a Navarra

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, Podemos-Ahal Dugu e I-E y las abstenciones de Navarra Suma y EH Bildu, la Ley Foral por la que se concede un suplemento de crédito por importe de 2.794.504 euros, para la ejecución de los recursos REACT UE asignados al Programa Operativo FEDER de Navarra 2014-20 y de la Asistencia Técnica de Fondos REACT para 2021.

 

La financiación del suplemento de crédito se acometerá con cargo al saldo disponible en la partida presupuestaria Remanente de tesorería gastos generales del presupuesto de ingresos de 2021, tal y como se faculta en el punto 2 del artículo 48 de la Ley Foral 13/2007 de la Hacienda Pública de Navarra.

 

Según se hace constar en la exposición de motivos, los Fondos REACT UE asignados a Navarra conllevan la reprogramación de los Programas Operativos de FEDER y de FSE 2014-20.

 

Es por eso que, con el fin de comenzar la ejecución de los proyectos que conforman esta reprogramación, aprobada en la reunión del Comité de Seguimiento del Programa Operativo FEDER celebrada el 10 de mayo, se requiere un suplemento de crédito que servirá también para atender la dotación de los recursos adicionales precisos para la asistencia técnica, tanto a nivel de “personal” como de “gasto corriente y de inversión”.

 

El artículo 4 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra establece que se regularán mediante Ley Foral los presupuestos generales de Navarra, así como las modificaciones de los mismos referentes a la concesión de créditos extraordinarios o suplementos de crédito. Con lo cual, dada la insuficiencia del crédito consignado en el Presupuesto de 2021, procede la aprobación de la presente Ley, en este caso por lectura única. Entrará en vigor al día siguiente de su publicación.