Publicada el Jueves, 8 de Noviembre de 2012

Aprobada la toma en consideración de la proposición de Ley para la declaración de inembargabilidad de las prestaciones sociales garantizadas y las becas al estudio

La iniciativa socialista busca garantizar el destino y la finalidad de las aportaciones directas y finalistas de fondos públicos con carácter netamente social

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad la toma en consideración de la proposición de Ley de modificación de la Ley Foral para la declaración de inembargabildiad de las prestaciones sociales garantizadas y las becas de ayudas al estudio.

La proposición de Ley Foral presentada por el G.P. Socialistas de Navarra toma como referente la Ley de Enjuiciamiento Civil, que considera no confiscables bienes expresamente así declarados por alguna disposición legal, tales como el salario, sueldo, pensión, retribución o equivalente que no exceda de determinadas cuantías, y hace extensiva tal consideración a prestaciones públicas garantizadas destinadas a cubrir necesidades esenciales.

En la exposición de motivos, el grupo proponente considera que las Administraciones Públicas deben garantizar el destino y la finalidad de las aportaciones directas y finalistas de fondos públicos dirigidos a paliar situaciones de exclusión social o ausencia de recursos mínimos.

A tal objeto, se insta a revertir el carácter embargable de la renta de inclusión social, así como de las prestaciones garantizadas previstas en la Cartera de Servicios Sociales y de las ayudas y becas al estudio, con el fin de evitar que estos subsidios, de carácter netamente social, terminen cubriendo pretensiones de terceros que nada tienen que ver con su naturaleza originaria.

A tal objeto, el artículo único de la proposición de Ley a debatir próximamente en Comisión dice lo siguiente:

Artículo único

“1. La renta básica y la renta de inclusión social se considerarán inembargables a estos efectos, en todos los casos y en las cuantías y con el régimen establecidos en la legislación de enjuiciamiento civil.

2. Las prestaciones garantizadas incluidas en la Cartera de Servicios Sociales tendrán la misma consideración.

3. Las becas y ayudas al estudio para enseñanzas no universitarias y las becas para enseñanzas universitarias de grado y postgrado tendrán la misma consideración”.

Esta Ley será de aplicación a los procedimientos de embargo en los que, a su entrada en vigor, todavía no se haya acordado o dictado resolución de embargo de la renta básica o de la renta de inclusión social o de alguna prestación social garantizada de las incluidas en la Cartera de Servicios Sociales a sus beneficiarios o de las ayudas a cuidadores no profesionales de las personas dependientes, y de las ayudas o becas al estudio”.

· www.parlamentodenavarra.es
· Publicación del Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 75, de 25-09-2012)