Aprobado el ditamen en relación con la proposición de Ley Foral por la que se establece un Código de Buen Gobierno
Impulsada por el G.P. SPN, pretende "evitar toda actividad o interés" que pueda "comprometer la independencia e imparcialidad" de los representantes públicos
La Comisión de Presidencia, Justicia e Interior ha aprobado hoy el dictamen en relación con la proposición de Ley Foral por la que se establece un Código de Buen Gobierno que vincula a los miembros del Ejecutivo y altos cargos de la Administración, así como a los representantes electos en las entidades locales.
La proposición de Ley presentada por el G.P. SPN tiene por objeto “evitar toda aquella actividad o interés que pudiera menoscabar o comprometer la independencia e imparcialidad” de los gobernantes, altos cargos y representantes electos de las entidades locales “en el desempeño de sus deberes públicos”.
A tal fin, se establece un “Código de Buen Gobierno” inspirado en “principios éticos y de conducta” que, a modo de “garantía adicional”, configura un pacto de los poderes públicos para responder a las “demandas y exigencias” de los ciudadanos.
Los principios de referencia “no suponen un repertorio de fundamentos éticos sin trascendencia jurídica”, ya que, si bien hasta ahora “no han sido expresamente plasmados”, dichos principios o valores “se deducen del conjunto normativo”.
Por tanto, la exigencia de responsabilidad se realizará, conforme al ordenamiento jurídico, en los términos previstos en la Constitución y en la Ley del Gobierno de Navarra y de su Presidente, cuyo alcance se hace extensivo a los altos cargos de la Administración Foral y a los representantes electos en las entidades locales.
Conforme al Código de Buen Gobierno, los miembros del Ejecutivo, altos cargos y representantes electos en las entidades locales no aceptarán ningún trato de favor o situación que derive en “conflicto de intereses, privilegio o ventaja injustificada por parte de personas físicas o entidades privadas”.
En concreto, deberán rechazar cualquier regalo que exceda de “los usos habituales, sociales y de cortesía”. Y en el caso de que los obsequios tengan “mayor significación de carácter institucional, se incorporarán al patrimonio de la Comunidad foral”.
La Ley formula una serie de modelos de comportamiento orientados hacia el “bien común”, entre los que destacan la exigencia de “plena dedicación”, “transparencia y accesibilidad” en las actuaciones públicas relevantes, “austeridad” en la gestión de los recursos y “protección del entorno cultural y la diversidad lingüística”.
Por último, la Ley encomienda el control del cumplimiento del Código de Buen Gobierno al Ejecutivo Foral, que será el encargado de adoptar las “medidas oportunas” en el caso de que detecte infracciones de los principios éticos y de conducta.
Lo hará sobre la base de un “informe anual” que elaborará el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior y que servirá para analizar los procedimientos y actuaciones que, con arreglo a lo dispuesto en otras leyes forales reguladoras de la incompatibilidad del Gobierno y los altos cargos, pudieran incoarse.
En el caso de las Entidades Locales, los mecanismos de inspección de los principios regulados en la presente Ley se fijarán “en el ámbito de sus competencias”.
En el transcurso del debate efectuado en Comisión se han aprobado 7 enmiendas, las 5 presentadas de forma conjunta por los grupos de UPN y SPN y dos de las 4 enunciadas por el G.P. Nabai.
La mayoría iban dirigidas a introducir mejoras técnicas y de corrección y a retraer aspectos ya regulados en la Ley Foral de incompatibilidades del Gobierno de Navarra, a fin de “no generar interpretaciones contradictorias”.
A la sesión, presidida por José Antonio Rapún (G.P. UPN), han asistido, por el G.P. UPN, Eradio Ezpeleta, Carmen Ferrer, Ramón Casado y María José Vidorreta; por el G.P Nabai, Patxi Zabaleta, Koldo Amezketa y Joseba Eceolaza; por el G.P. SPN, Samuel Caro, Amanda Acedo y María Victoria Arraiza; y por la A.P.F. CDN, Juan Cruz Alli.
· www.parlamento-navarra.es
· Publicación de la proposición de Ley Foral (BOPN, nº 90, de 17-09-2010)
· Publicación de las enmiendas (BOPN, n º 1, de 17-02-2011)