Convalidado el Decreto-ley Foral 1/2023, por el que se concede un suplemento de crédito de 23.995.298,20 euros para varios departamentos del Gobierno de Navarra
La Comisión Permanente del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad la convalidación del Decreto-ley Foral 1/2023, de 24 de abril, por el que se concede un suplemento de crédito, por importe total de 23.995.298,20 euros, para la financiación de las necesidades de varios departamentos del Gobierno de Navarra.
El suplemento de crédito se justifica en la aplicación de la Ley Foral 11/2023, de 19 de marzo, por la que se modifica la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud–Osasunbidea, y en la necesidad del Departamento de Derechos Sociales de aprobar una ayuda económica para familias con menores a cargo de 0 a 3 años.
El importe del suplemento de crédito para la financiación de las necesidades de varios departamentos se aplicará a las siguientes partidas presupuestarias: Complemento de productividad (50.476), Complemento de productividad (31.840), Complemento de productividad (19.900), Complemento de productividad (3.980), Complemento de productividad (47.760), Complemento de productividad (3.980), Complemento de productividad (15.920), Complemento de productividad (15.786), Complemento de productividad (405.960), Complemento de productividad (1.000.999,89), Complemento de productividad (4.254.620), Complemento de productividad (7.276,98), Complemento de productividad (31.840), Complemento de productividad (239.214,67), Complemento de productividad (807.940), Complemento de productividad (125.325,73), Complemento de productividad (95.400), Complemento de productividad (43.787,82), Complemento de productividad (413.920), Complemento de productividad (139.509,93), Complemento de productividad (413.920), Retribuciones personal fijo (84.856,83), Complemento por realización de guardias (69.814,57), Indemnización gasto desplazamiento puestos difícil cobertura (46.635), Complemento de productividad (405.960), Retribuciones personal fijo (712.467,18), Retribuciones del personal contratado temporal (1.619.510,19), Complemento por realización de guardias (189.960,17), Complemento de productividad (2.009.620,97), Indemnización gasto desplazamiento puestos difícil cobertura (186.130), Complemento por realización de guardias (3.207,40), Complemento de productividad (302.480), Complemento de productividad (181.480), Complemento por realización de guardias (13.818), Ayudas económicas de apoyo a familias con menores de 0 a 3 años a cargo (10.000.000).
La financiación de este suplemento de crédito se acometerá con cargo a la partida Remanente de tesorería gastos generales (23.995.298,20 euros).
La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48 párrafo primero que, cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y el crédito consignado sea insuficiente y no pueda incrementarse conforme a las disposiciones contenidas en esta ley foral, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de suplemento de crédito.
Por su parte, el artículo 21 bis de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen foral de Navarra, establece que en caso de extraordinaria y urgente necesidad el Gobierno de Navarra podrá dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de decretos-leyes forales.
El decreto-ley foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.