El Parlamento aprueba la toma en consideración de la proposición de Ley Foral por la que se regula la asignación tributaria del 0,7% que los contribuyentes de la Comunidad Foral destinan a otros fines de interés sociales
La proposición de Ley Foral impulsada por el G.P. SPN tiene por objeto regularizar dicho fondo para articular el destino final de las cantidades comprendidas en el 0,7%, que hasta la fecha repercuten directamente en la Hacienda Foral como un ingreso más.
El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy por unanimidad la toma en consideración de la proposición de Ley de modificación de la Ley por la que se regula la asignación tributaria del 0,7% que los contribuyentes de la Comunidad Foral destinan a ‘otros fines de interés social’.
La proposición de Ley Foral impulsada por el G.P. SPN tiene por objeto regularizar dicho fondo para, “definiendo en el ámbito foral el concepto ‘otros fines sociales’, articular el destino final de las cantidades comprendidas en el 0,7%”, que hasta la fecha repercuten directamente en la Hacienda Foral como un ingreso más.
A tal fin y según se recoge en el texto, se prevé configurar un fondo con “sustantividad propia y carácter finalista”, cuyo importe se dividirá entre cinco grandes grupos de actividades, en orden al siguiente porcentaje: actividades de solidaridad social ante situaciones de necesidad (25%); atención a los desempleados sin prestaciones (25%); cooperación al desarrollo internacional (25); apoyo al desarrollo de la Ley de Autonomía Personal (20%); y programas destinados a la defensa del medio natural y la biodiversidad, la utilización sostenible de los recursos naturales y la prevención de la contaminación y del cambio climático (5%).
Los grupos de actuación dirigidos a atender a los desempleados sin prestaciones y a desarrollar la Ley de Autonomía Personal, con una vigencia de tres y cinco años, respectivamente, forman parte de un capítulo de fines de interés social de carácter “transitorio” con el que se pretende “ir adecuando la asignación de los fondos a las necesidades cambiantes de la realidad social”.
Finalizados dichos períodos, los porcentajes de ambos “se sumarán proporcionalmente al resto de grupos, salvo que se prorrogue su vigencia o se establezcan nuevos focos de actuación que los sustituyan”.
Se reserva al Gobierno la potestad de destinar cantidades superiores (nunca inferiores) a las resultantes de la aplicación de dichos porcentajes a cada grupo.
Para posibilitar la “participación e implicación de las ONG y demás entidades sin ánimo de lucro” en los citados grupos de actuación, el Gobierno deberá realizar la convocatoria “en los 30 días siguientes a la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos”.
Tras la toma en consideración, la proposición de Ley Foral de modificación de la Ley por la que se regula la asignación tributaria del 0,7% que los contribuyentes de la Comunidad Foral destinan a ‘otros fines de interés social’será debatida en Comisión.
· Publicación de la proposición de Ley Foral (BOPN, n.º 9, de 17-02-2009)