Publicada el Jueves, 13 de Octubre de 2016

Ley Foral por la que se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2017-2020 y se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra

Aprobación en Pleno. Día 13 de octubre de 2016

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy por unanimidad la Ley Foral por la que se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2017-2020 y se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.

La Ley Foral tiene por objeto dotarse de un elemento para coordinar y planificar la actividad estadística del Gobierno de Navarra a lo largo de su periodo de vigencia.

Una de las novedades que introduce respecto a planes anteriores es la clasificación de las operaciones estadísticas según su importancia (Inventario de Operaciones Estadísticas e Inventario de Fuentes de Información Administrativa), de modo que se conforma un sistema de información útil para las necesidades del Gobierno a la hora de gestionar sus políticas, así como para atender los requerimientos de la sociedad.

Dicho inventario consta de 329 elementos, de los que 153 se han considerado operaciones estadísticas que incluyen un proceso de documentación metodológico completo. El resto corresponden a información que se desprende del proceso habitual de la Administración, que constituye una base importante para la toma de decisiones, pero que no precisa de los mismos requerimientos de metodología estadística.

Además, destaca la continuidad en el máximo aprovechamiento de registros administrativos como fuente para elaborar estadísticas, en línea con las recomendaciones del Código de buenas prácticas de las estadísticas europeas.

La Ley define 8 objetivos específicos, entre los que cabe destacar el impulso de la perspectiva de género, el fomento de la desagregación de la información para satisfacer las demandas de información referentes al territorio, sectores económicos o grupos de población; y la puesta a disposición de la sociedad de toda la información estadística en formato accesible, con criterios de transparencia y puntualidad.

La principal finalidad de este proyecto es “coordinar y planificar la actividad estadística para responder a las necesidades de información, garantizando su calidad, con perspectiva de género, bajo premisas de coste mínimo y máximo aprovechamiento de las fuentes existentes”.

Además, se pretende evitar duplicidades, aminorar las molestias a la ciudadanía, empresas e instituciones, garantizar el secreto estadístico y la accesibilidad, la rapidez y disponibilidad de la información estadística.

A su vez, el plan incide especialmente en el desarrollo de procesos de calidad basados en un esquema general de producción estadística estandarizada denominado GSBPM (Generic Stadistical Business Process Model).

Por otra parte, esta Ley Foral modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra, con el objetivo de mejorar la utilización de registros administrativos con fines estadísticos, garantizando la confidencialidad en los términos establecidos en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del Proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 99, de 06-09-2016)