Publicada el Jueves, 14 de Marzo de 2019

Ley Foral por la que se autoriza el otorgamiento de un aval de la Comunidad Foral de Navarra a favor del Club Atlético Osasuna por un importe máximo de 23 millones

Aprobación en Pleno. Día 14 de marzo de 2019

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, Geroa Bai, EH Bildu, PSN y PPN, la abstención de Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai y el voto en contra de I-E, la Ley Foral por la que se autoriza el otorgamiento de un aval de la Comunidad Foral de Navarra a favor del Club Atlético Osasuna por un importe máximo de 23 millones, a devolver en un plazo no superior a 16 años y 6 meses incluido, en su caso, el período de carencia.

 

Aprobada en lectura única, la proposición de Ley impulsada por Geroa Bai y EH Bildu tiene por objeto garantizar las operaciones de crédito o préstamo que se precisen para financiar las obras de reforma del estadio El Sadar, además de saldar la deuda que la entidad tiene aún pendiente. Las operaciones de crédito o préstamo deberán formalizarse dentro del ejercicio presupuestario de 2019. Todos los gastos e impuestos que se ocasionen correrán a cargo de Osasuna.

 

A tenor de lo dispuesto en la norma, Osasuna deberá destinar 7 de los millones que se le avalan a cancelar dos empréstitos.

 

El primero, referido al préstamo con garantía hipotecaria sobre la parcela 153 de Aranguren, polígono 3, finca registral 11.039 de las instalaciones de Tajonar, propiedad del Gobierno de Navarra.

 

El segundo, concerniente a los créditos garantizados por el aval que, para refinanciar su deuda, le otorgó el Gobierno de Navarra en el año 2003, de conformidad con la Ley Foral 1/2003, de 14 febrero, donde se consigna un importe máximo de 18.030.363,13 euros a devolver en un plazo máximo de 17 años.

 

El resto de la cantidad que se avala, hasta un máximo de 16 millones, se invertirán en las obras necesarias para la reforma y ampliación del estadio El Sadar, también propiedad del Gobierno de Navarra, a materializar antes del 31 de diciembre de 2020.

 

El aval que se autoriza garantizará a las entidades acreedoras el cumplimiento de la obligación de reembolso de la totalidad del saldo deudor, excluidos los intereses. También al Gobierno de Navarra, cuyos derechos de cobro en caso de ejecución del aval serán de naturaleza pública.

 

Osasuna asegurará el cumplimiento de sus obligaciones con los ingresos de las retransmisiones de televisión gestionadas por la Liga de Fútbol Profesional, en la forma en que se determine en el Acuerdo de Gobierno de concesión del aval. Además, el 25% de la cantidad que el club ingrese en concepto de derechos de traspaso (federativos y económicos) se destinará a la amortización anticipada de los préstamos avalados, a lo que hay que añadir tres millones anuales por cada temporada que Osasuna permanezca en Primera División. En todo caso, si las citadas garantías no fueran suficientes, el club responderá del cumplimiento de sus obligaciones con sus bienes futuros.

 

A modo de supervisión o vigilancia, el Departamento de Hacienda y Política Financiera podrá requerir a las entidades de crédito prestamistas información detallada sobre el cumplimiento de las obligaciones asumidas por Osasuna. En ese sentido, las entidades acreedoras quedan obligadas a notificar de forma fehaciente la falta de pago en el plazo de 30 días naturales a partir del siguiente a aquel en que se produzca el vencimiento del plazo conferido para proceder al abono de cada una de las cuotas. El incumplimiento de esta obligación determinará la exoneración de las obligaciones del Gobierno.

 

Osasuna, por su parte, facilitará la inspección y el control que, en orden a verificar las operaciones financiadas y la solvencia de la entidad avalada, ejercerá la Hacienda Foral. A tal fin, Osasuna remitirá por trimestres anticipados un calendario de pagos que deberá ser auditado y conformado por el Departamento de Hacienda y Política Financiera.

 

Conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Foral 26/2014, de 2 de diciembre, por la que se aprueba la reestructuración de la deuda tributaria del Club, el control gubernamental se completa con la designación de un represente de la Administración Foral en la Comisión de Control Económico, centrada en el análisis, inspección y evaluación de la situación financiera.

 

En el transcurso del debate efectuado en Pleno se han discutido 5 enmiendas in voce, de las que se han aprobado 3, todas de índole técnico, suscritas por Geroa Bai y EH Bildu y respaldadas por UPN, PSN y PPN. Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai se ha abstenido e I-E ha votado en contra.

 

No han prosperado, sin embargo, las dos enmiendas presentadas por Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai, ambas relativas a las condiciones de cesión (gratuita) del estadio al C.A. Osasuna. En ese marco, se abogaba por posibilitar el uso ocasional de El Sadar por parte de otras federaciones y, más en concreto, por la Federación Navarra de Rugby, a la que se le ofrecían al menos 10 días al año.

 

Además, se proponía limitar a un máximo de 30 años la cesión del estadio a Osasuna, si bien se obligaba a la recompra una vez que Osasuna reintegrase a las entidades acreedoras las cantidades percibidas con el aval del Gobierno de Navarra, circunstancia que, tal y como ha se recoge en la Ley, no puede demorarse más de 16 años y medio.

 

Sin más apoyo añadido que el de I-E, ambas enmiendas han decaído con los votos en contra de UPN, Geroa Bai, PSN y PPN. EH Bildu se ha abstenido.