Publicada el Jueves, 19 de Enero de 2017

Rechazada la toma en consideración de la PLF de garantías en listas de espera de prestaciones garantizadas

La iniciativa de UPN proponía una serie de medidas informativas y de procedimiento, incluido el otorgamiento de preferencia a las peticiones no atendidas en plazo

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y los votos a favor de UPN, PSN y PPN, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral de garantías y transparencia de las listas de espera de las prestaciones garantizadas del sistema público de servicios sociales.

 

La proposición de Ley presentada por UPN tenía por objeto establecer las garantías de respuesta y transparencia en la atención de las prestaciones garantizadas por la Cartera de Servicios Sociales.

 

A tal fin, para “conocer la realidad de los tiempos de espera e intentar que las solicitudes se resuelvan en tiempo y forma”, se consignaban una serie de medidas informativas y de procedimiento, incluido el otorgamiento de “preferencia” a las peticiones que no hayan podido ser atendidas en plazo.

 

En ese marco, se proponía facilitar información mensual a través de la web del Gobierno de Navarra, de modo que el primer día de cada mes quedase reflejado el número de solicitantes, el tiempo de espera medio y la lista de espera de cada especialidad.

 

Con todos esos datos, se sugería que el departamento competente en materia de Servicios Sociales elaborase un informe anual que sería presentado en el Parlamento y publicado en el portal de Transparencia del Gobierno dentro del primer trimestre de cada año.

 

Del mismo modo, se preveía que las Entidades Locales y los departamentos competentes para conceder las prestaciones recogidas en la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General facilitasen a todos los solicitantes un documento que informe del plazo máximo para resolver, los efectos del silencio administrativo y su derecho a reclamar en los tribunales.

 

A su vez, se consignaba que, “transcurrido el plazo máximo para resolver, los afectados tendrán derecho a dirigirse al órgano competente para, en un máximo de 24 horas, ser informados sobre el nuevo tiempo estimado de resolución”.

 

La proposición de Ley otorgaba al Gobierno de Navarra un plazo máximo de tres meses para poner en funcionamiento los sistemas de información previstos.