Publicada el Jueves, 19 de Diciembre de 2013

Rechazada una moción instando al Parlamento a denunciar la sublevación militar del 36 contra el régimen republicano

En aras a recabar respaldo social e institucional a la querella interpuesta en 2010 en un juzgado argentino por delitos de genocidio o lesa humanidad

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de UPN y PPN, la abstención de SN y los votos a favor de Bildu, Aralar-Nabai, I-E y los no adscritos, una moción instando a la Cámara a “denunciar una vez más la sublevación militar fascista dirigida por el general Francisco Franco Bahamonte en julio de 1936 contra el régimen republicano legítimamente instaurado en 1931 y los Gobiernos español, vasco y catalán legalmente constituidos”.

La moción desechada incluía un segundo punto en el que, a su vez, el Parlamento “denunciaba el régimen dictatorial que durante cuarenta años reprimió a sangre y fuego todo vestigio de disidencia y lucha por la libertad, la justicia social y los derechos individuales y colectivos”.

Del mismo modo, ya en un tercer apartado, se animaba al Legislativo Foral a “denunciar el papel jugado por buena parte de las oligarquías agraria, industrial y financiera y la jerarquía de la Iglesia católica, con su apoyo al golpismo y al régimen fascista instaurado después”.

Asimismo, se pretendía que la Cámara apoyase los “derechos y las reivindicaciones de las personas represaliadas por el franquismo y exigiera a las administraciones públicas del Estado, es decir, a las instituciones políticas y judiciales la adopción de las medidas necesarias para garantizar a los reprimidos por la rebelión militar de julio de 1936, el régimen franquista y el terrorismo de Estado, el ejercicio de su derecho a la verdad, a fin de contrarrestar los intentos de reescribir la historia que se vienen realizando por sus herederos; el derecho a la Justicia efectiva, para que se pueda superar el actual estado de impunidad de los responsables de los crímenes de lesa humanidad cometidos; el derecho a una reparación digna y no discriminatoria, por las vulneraciones causadas a los centenares de miles de víctimas del franquismo; y el derecho del conjunto de la sociedad a que se implementen medidas de cambios sociopolíticos, jurídicos e institucionales como garantía de no repetición”.

En ese contexto, se llamaba al Parlamento a manifestar su “apoyo y adhesión a la Querella 4591-10, del Juzgado N° 1 de Buenos Aires, República Argentina, que lleva adelante la magistrada María Servini de Cubría por delitos de genocidio y lesa humanidad contra los responsables de la conculcación de los derechos humanos durante el franquismo”.

Por último, se animaba a la ciudadanía a “apoyar la querella contra los crímenes del franquismo, bien personándose los directamente represaliados o sus parientes, bien manifestando su denuncia de la dictadura y su adhesión a la querella” en cuestión.

El G.P. Socialista ha presentado una enmienda de sustitución al cuarto apartado, no aceptada por Bildu y Aralar-Nabai, titulares de la iniciativa, exhortando a los gobiernos de España y Navarra al desarrollo de las leyes de Memoria Histórica y de Reconocimiento y Reparación Moral de los navarros asesinados a raíz del golpe militar del 36, “de acuerdo a los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición”.

En la exposición de motivos, la moción impulsada por los grupos parlamentarios Bildu y Aralar-Nabai se adhería a la labor de búsqueda de respaldo “social e institucional” a la querella que, a instancias de familiares de víctimas y asociaciones de derechos humanos argentinas y españolas, fue interpuesta el 14 de abril de 2010 ante un juzgado de lo penal de Argentina por delitos de “genocidio o lesa humanidad cometidos por el régimen franquista entre el 17 de julio de 1936 y el 20 de junio de 1977.

Los grupos proponentes consideraban que su tramitación “abre una brecha en el muro de la impunidad que continúa protegiendo al franquismo” y, a ese respecto, celebraban que la jurisdicción internacional se haga cargo de la investigación de “crímenes imprescriptibles” que el Tribunal Supremo rehúsa examinar al amparo de una “Ley de Amnistía anterior a la promulgación de la Constitución”.

www.parlamento-navarra.es
• Publicación de la moción (BOPN, n.º 142, de 05-12-2013)