Publicada el Viernes, 19 de Septiembre de 2014

Resolución por la que se insta al Gobierno de España a extender el subsidio de desempleo

Aprobación en Pleno. Día 19 de septiembre de 2014

Se insta al Gobierno de España a modificar de forma inmediata y con carácter urgente, el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, para que a partir del 1 de agosto de 2014 se amplíe la protección por desempleo en su nivel asistencial a todas las personas desempleadas que lleven inscritas en los Servicios Públicos de Empleo más de un año, tengan responsabilidades familiares y cumplan los requisitos de carencia de rentas.

Ese subsidio, según se precisa, se extenderá también a las mujeres que hubieran acreditado la condición de víctima de violencia de género, a las personas que acrediten una minusvalía en grado igual o superior al 33% o tengan reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral de ese mismo porcentaje, y a los parados/as mayores de 45 años, cuando hubieran agotado la Renta Activa de Inserción o se encontraran dentro de los 365 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud del derecho a la admisión a dicho programa.

Este subsidio se concederá por un periodo de seis meses, prorrogables de forma sucesiva mientras la persona desempleada continúe en situación legal de desempleo. Este mecanismo de protección se mantendrá hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%.

La cuantía de este subsidio será igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples mensual vigente en cada momento. Esta cuantía se percibirá en su totalidad por la persona desempleada, aunque en su origen se tratara de un desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial. A su vez, la cuantía del subsidio se incrementará en función de las responsabilidades familiares de la persona beneficiaria, siguiendo los criterios establecidos en el artículo 217.2 LGSS y con independencia de su edad. Cuando las responsabilidades familiares alcanzaran a menores de edad, esta cuantía se incrementará en 100 euros por menor.

La incorporación a este subsidio no estará condicionada a haber agotado anteriormente alguna prestación contributiva o asistencial, sino exclusivamente a los requisitos exigidos en la propia definición de cada colectivo.

Se exhorta al Ejecutivo Foral a implementar, de manera inmediata y de acuerdo con la Comunidad Foral de Navarra y los interlocutores sociales, un Plan de empleo específico para las personas en desempleo de larga duración.

Este plan incluirá, en todo caso, el aumento de la dotación de los Servicios Públicos de Empleo con nuevos técnicos y técnicas de empleo para la atención individualizada de las personas en desempleo de larga duración que, como mínimo, deberá alcanzar las 3.000 personas expertas en orientación y promoción de empleo.

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P. Socialistas de Navarra.

 

Aprobada con los votos a favor de UPN, SN, Bildu, Aralar-Nabai, I-E y los no adscritos y el voto en contra de PPN.