Ley de modificación de la Ley Foral 8/2007 de Policías de Navarra
Aprobación en Pleno. 14 de octubre de 2010
El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy la Ley Foral de modificación de la Ley 8/2007 de Policías de Navarra, con los votos a favor del G.P. UPN y G.P. SPN (menos un parlamentario/a) y los votos en contra del G.P. Nabai, A.P.F. CDN, A.P.F. IUN-NEB y un parlamentario de SPN.
En el transcurso del debate llevado a cabo en Pleno se ha matizado el dictamen aprobado en Comisión con la introducción de cuatro enmiendas in voce, dirigidas a puntualizar cuestiones relativas a la integración de Policías Locales en la Policía Foral; a contemplar la “antigüedad” entre los principios de mérito para la provisión de destinos; “justificar debidamente” la posibilidad de modificar los calendarios laborales; retirar las restricciones de afiliación sindical; “determinar reglamentariamente” la penalización por no superar las pruebas físicas; y dejar el artículo relativo a retribuciones complementarias en los mismos términos en los que ya estaba.
La Ley presentada por el G.P. SPN tiene por objeto “modificar, concretar y desarrollar algunos aspectos” contenidos en la LF 8/2007, a partir de la “experiencia” acumulada en los dos años largos de vigencia de la norma cuya reforma postula.
Para ello y en aras a “planificar” debidamente la respuesta policial, incluida la necesaria “complementariedad, cooperación y colaboración” entre las Policías de Navarra y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se propone avanzar en la “especialización” de los equipos de trabajo, “siempre desde la lealtad institucional y el respeto recíproco”.
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