Publicada el Jeudi, 4 de mars de 2021

Rechazada la toma en consideración de la propuesta de modificación de la Ley Foral de Estadística de Navarra

Navarra + proponía satisfacer las necesidades ciudadanas de información explicitando el derecho de acceso a los microdatos, debidamente protegidos, de las encuestas de Nasat

El Pleno del Parlamento ha desestimado hoy, con los votos en contra de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y el voto a favor de Navarra Suma, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral de modificación parcial de la Ley Foral de Estadística de Navarra.

 

La proposición de Ley impulsada por Navarra Suma tenía por objeto otorgar la consideración de “públicos” a los resultados de toda actividad estadística realizada por el Instituto Navarro de Estadística (Nastat) o por cualquier otro organismo público o privado subvencionado o convenido con Nastat, con independencia de que esos trabajos estén incluidos o no en el Plan Estadístico de Navarra.

 

Además, se hacía recaer sobre el Instituto Navarro de Estadística la “obligación” de facilitar a cualquier persona interesada, sin más límite que el de “no atentar contra el secreto estadístico, los microdatos, convenientemente protegidos anonimizados, y los resultados estadísticos, fuera cual fuere el nivel de desagregación técnicamente correcto».

 

PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E se han mostrado partidarios de mantener la redacción del artículo nueve, relativo a la publicidad de las estadísticas oficiales, conforme a lo convenido en la Ley Foral 14/2016, por la que se modificó parcialmente la Ley 11/1997 de Estadística de Navarra.

 

Así las cosas, los resultados de las estadísticas oficiales “se harán públicos y se difundirán imparcial y ampliamente, ofreciendo siempre datos agregados, sin referencia a datos individuales, conforme a lo regulado respecto al secreto estadístico”.

 

En la exposición de motivos, el grupo proponente esgrimía la necesidad de “explicitar el derecho de acceso de la ciudadanía” para, de ese modo, “hacer efectiva la voluntad del legislador” en lo relativo a “satisfacer  necesidades de información”, algo que a su entender ahora no sucede, por cuanto la “difusión estándar de datos en forma de tablas, publicaciones e informes no es equiparable a la explotación y análisis a partir de microdatos”.