Publicada el Thursday, 23 de March de 2023

Aprobada la modificación del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra

Se recoge el compromiso de regular e implantar de manera progresiva la carrera profesional para todo el personal que no la tenga reconocida, ya en la próxima legislatura

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la abstención de Navarra Suma, la modificación del Texto Refundido el Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

 

Aprobada en lectura única, la Ley impulsada por PSN, Geroa Bai, EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu tiene por objeto alinear el Estatuto de Personal con los acuerdos alcanzados en la mesa General de Negociación en relación a cuestiones de índole retributivo, de promoción, movilidad interna, licencias o, entre otros, vacaciones y permisos por asuntos particulares en razón de la antigüedad.

 

Por otra parte, la Ley recoge el compromiso de abordar a lo largo de 2023, previsiblemente al inicio de la próxima legislatura, la regulación e implantación progresiva de la carrera profesional para el personal que actualmente no la tenga reconocida. Dicha previsión, reflejada en la disposición adicional única, requerirá de la debida “suficiencia presupuestaria”.

 

Asimismo, se hace constar que los requisitos para participar en el turno restringido de promoción interna resultarán de aplicación en las convocatorias que se publiquen a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

 

Los días adicionales de vacaciones y asuntos particulares por antigüedad se aplican con carácter retroactivo al 1 de enero, con lo cual el personal que permanezca en servicio activo desde esa fecha tendrá derecho a su disfrute completo en 2023.

 

Finalmente, se habilita al Gobierno de Navarra modificar la regulación de la licencia retribuida por cuidado de hijo menor de edad afectado por cáncer u otra enfermedad grave.

 

En el transcurso del debate efectuado en Pleno se ha rechazado una enmienda presentada por Navarra Suma e I-E para modificar el apartado c del artículo 26 del EPAPN, a fin de ampliar de 18 a 36 meses (a 48 si es para la ejecución de un proyecto europeo) la reserva de la plaza que el funcionario ocupaba antes de aceptar un contrato de carácter temporal en otro puesto de la misma Administración.

 

Las proponentes argüían que, “para no perjudicar al personal funcionario contratado para otro puesto en la misma Administración Pública”, el tiempo de reserva de plaza debiera ser “el mismo que el establecido en el artículo 88” del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (EPAPN). PSN, Geroa Bai, EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu han votado en contra.

 

Aprobada en lectura única, la Ley Foral de modificación de la Ley Foral 11/1992, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.