Publicada el Jueves, 28 de Marzo de 2019

Ley Foral de modificación de la Ley Foral 6 /1990 de Administración Local de Navarra, y de la Ley Foral 4/2019 de Reforma de la Administración Local de Navarra

Aprobación en Pleno. Día 28 de marzo de 2019

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E y los votos en contra de UPN, PSN y PPN, la modificación de las leyes forales 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, y 4/2019, de 4 de febrero, de Reforma de la Administración Local de Navarra, en este caso para introducir una serie de cautelas dirigidas a blindar los puestos de trabajo y las condiciones laborales de los empleados públicos.


En concreto, la Ley impulsada por los cuatros grupos que sostienen al Gobierno recoge los acuerdos alcanzados con los cuatro Parlamentarios/as de Orain Bai, tal y como adelantaron el 31 de enero, en la misma sesión en la que se aprobó la última reforma de la Administración Local.

 

A tal objeto, se plantea crear en el seno de la Comisión Técnica Comarcal una Sub-Comisión de Personal que, integrada por una representación de las Entidades Locales concernidas y la representación sindical designada para formar parte de la citada Comisión Técnica, se ocupará de “cualquier aspecto susceptible de afectar a las condiciones de trabajo de las empleadas y empleados públicos”. A tal fin, y dado el caso, “emitirán un informe que se incorporará como Anexo al de la Comisión Técnica, para su remisión al Gobierno de Navarra”.

 

En ese contexto, se proyecta impedir a las Entidades Locales apelar a causas “económicas, técnicas, organizativas y de producción para rescindir contratos” ya firmados. A ese respecto, se insiste en que la reorganización de los servicios públicos debe servir para “mejorar la calidad de los mismos y la eficiencia en la prestación, pero en ningún caso para destruir empleo”.

 

Durante el debate del dictamen en Comisión, UPN apeló al “principio de autonomía municipal y al derecho indisponible de la Administración Local sobre su personal” para tratar de evitar esta cautela, pero su enmienda decayó con los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E y la abstención del PSN. Sólo el PPN votó a favor.

 

Tampoco prosperó la pretensión del PSN de evitar que el Gobierno de Navarra se pronuncie sobre la constitución de la Comarca, a fin de que, “si se opusieran expresamente las 2/5 partes de los municipios o la mitad del censo electoral del territorio concernido, se proceda a archivar el procedimiento de creación. Ello conllevaría la imposibilidad de iniciar un nuevo proceso hasta la conformación de las corporaciones municipales surgidas de las siguientes elecciones municipales”. Los votos en contra de Geroa Bai EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E hicieron inútil el respaldo de PSN y PPN. Por tanto, el apartado 2 del artículo 359 de la Ley Foral 6/1990 permanece inalterado.

 

En el transcurso del debate efectuado en Comisión se discutieron y aprobaron otras cuatro enmiendas, tres suscritas por Geroa Bai, EH Bildu e I-E y una última por éstos más UPN y Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai.

 

Así, por un lado se certifica que las Agrupaciones de Servicios Administrativos (ASAS) existentes se mantendrán vigentes como entidades locales en tanto no se constituyan las Comarcas que las sustituyan, incluida la asunción de sus competencias y de su personal. Con esta enmienda, suscrita por UPN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E, se pretende “otorgar seguridad jurídica a dichas entidades, para evitar dejar a su personal en el limbo legal, sin una dependencia orgánica y funcional”. PPN ha votado a favor, mientras PSN se ha abstenido.

 

Por otro lado, se otorga carácter preferente a la relación de aspirantes a la contratación temporal que, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley, deberá constituir el Departamento de Administración Local para el ejercicio de las funciones de los puestos de Secretaría en las entidades locales de Navarra.

 

Tal y como se consignó en la disposición adicional tercera de la Ley Foral 4/2019, los funcionarios locales con habilitación de la Comunidad Foral quedarán automáticamente incorporados, quedando situados en el primer lugar de la mencionada lista. El orden de prelación entre el citado personal se establecerá atendiendo a su antigüedad y su desempeño temporal se efectuará en régimen de comisión de servicios. Esta previsión, incorporada a instancias de Geroa Bai, EH Bildu e I-E, fue aprobada con el respaldo añadido de Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai y las abstenciones de UPN, PSN y PPN.

 

En el plano lingüístico y conforme a los criterios de Euskaltzaindia, se resolvió ajustar las denominaciones de los núcleos de población de Navarra, los criterios de uso y la expresión gráfica de las mismas, de manera que en el caso de las denominaciones oficiales bilingües, junto a la denominación en castellano se expresará, “en todos los supuestos”, la denominación en euskera. La enmienda de Geroa Bai, EH Bildu e I-E, salió adelante con el aval de Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai, la abstención de PSN y la oposición de UPN y PPN.

 

Como se recordará, el pasado 31 de enero el Pleno del Parlamento de Navarra aprobó la Ley Foral de Reforma de la Administración Local de Navarra, dirigida a la reorganización territorial de la Comunidad a partir de la creación de 12 comarcas llamadas a integrar las actuales mancomunidades sectoriales, las agrupaciones de servicios administrativos y otras entidades supramunicipales.

 

https://www.parlamentodenavarra.es/es/noticias/aprobada-la-ley-foral-de-reforma-de-la-administraci%C3%B3n-local-de-navarra