Publicada el Jueves, 18 de Febrero de 2021

Se insta al Ejecutivo Foral a preparar una modificación de la Ley del Convenio que armoniza el régimen fiscal navarro con el general del Estado

La Cámara considera que la imputación incondicional de los intereses y las cuotas de amortización de la “imparable” deuda del Estado no está justificada y resulta insostenible

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de Geroa Bai y Navarra Suma (los 15 aforados de UPN y los 2 de PPN), las abstenciones de PSN, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y el voto en contra de los tres representantes de Ciudadanos (Navarra Suma), una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a “preparar una modificación de la Ley del Convenio en lo referente a la consideración de los intereses y las cuotas de amortización de todas las deudas del Estado como cargas no asumidas por Navarra”.

 

La resolución aprobada incluye un segundo punto en el que, a instancias de Navarra Suma, cuya enmienda de adición ha sido aceptada por Geroa Bai, titular de la iniciativa, se exhorta al Ejecutivo Foral a “incluir en la modificación señalada en el punto anterior las consideraciones oportunas acerca del impacto que pudieran tener sobre el cálculo de la Aportación a las cargas del Estado para la devolución de la deuda europea mancomunada y el pago de sus intereses”.

 

No ha sido aceptada, por el contrario, la enmienda de modificación registrada por el PSN con el ánimo de emplazar al Ejecutivo Foral a “convocar la Comisión Negociadora del Convenio Económico, a fin de abordar la adaptación de las relaciones financieras derivadas del mismo a la realidad del momento actual, así como a los cambios legislativos en la normativa estatal”.

 

En un segundo apartado, la propuesta socialista pretendía atribuir al Gobierno de Navarra la encomienda de “elaborar una propuesta técnica de adaptación de la metodología de determinación de la aportación económica recogida en el Convenio Económico, al objeto de proponer la citada adaptación a la realidad social”.

 

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P. Geroa Bai subraya la vigencia del Convenio en cuanto “fundamento de la relación económica entre los gobiernos de Navarra y España”, si bien discrepa del enorme impacto que, “a resultas de la política financiera de los últimos quince años, plasmada en una deuda pública superior al PIB”, alcanza la inclusión “incondicionada” de los intereses y cuotas de amortización de todas las deudas del Estado entre las cargas no asumidas por la Comunidad Foral.

 

A ese respecto, se apunta que la aportación no puede estar a expensas del “gradual e imparable endeudamiento del Estado (el pasivo supera los 1,3 millones y supone el 114% del Producto Interior Bruto), porque hace que el importe de intereses y cuotas de amortización adquieran un enorme peso en el cálculo de la contribución, hasta hacerla insostenible e injustificada desde la lógica del Convenio”.

 

La contribución de Navarra al Estado consiste en una aportación anual como participación de la Comunidad Foral en la financiación de las cargas generales del Estado. Se determina aplicando el índice de imputación al importe total de las cargas del Estado no asumidas por la Comunidad Foral (competencias no ejercidas efectivamente) y de las correspondientes compensaciones.

 

En 2019, año en que concluía el último periodo, la aportación al Estado por el Convenio fue de 548 millones, “un 10 % inferior respecto a 2015, debido a la actualización de la aportación acordada por ambas administraciones a finales de diciembre de 2017”. En 2020 se presupuestaron para esa misma cuestión 585, 6 millones y para 2021 se han presupuestado 560 millones.