Aprobada la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2026
Tras la incorporación de 368 enmiendas, los terceros presupuestos de la XI Legislatura presentan un incremento del 5,2% del techo de gasto no financiero respecto a las de 2025
El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai y Contigo-Zurekin y la abstención de EH Bildu, la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2026, cuyo estado final de gastos e ingresos queda fijado en 6.741.514.953 euros, de los que 6.318.652.183 corresponden al gasto no financiero y 422.862.770 al gasto financiero (amortización de deuda y pago de intereses). UPN, PPN el grupo Mixto y la parlamentaria no adscrita han votado en contra.
Según consta en el artículo 1 de la Ley, los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2026, que contienen créditos por un importe de 6.741.514.953 euros, están integrados por los presupuestos del Parlamento, de la Cámara de Comptos y de la Institución del Defensor del Pueblo; el presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos; el presupuesto del Consejo de Navarra; los presupuestos de las fundaciones públicas de la Comunidad Foral; los presupuestos de las sociedades públicas de la Comunidad Foral; el presupuesto estimativo y la financiación de la Universidad Pública de Navarra; y el presupuesto de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción.
El techo de gasto no financiero, regulado en el artículo 34 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, asciende a 6.318.652.183 euros, lo cual supone un incremento del 5,2% respecto al Presupuesto de 2025, cifrado en 5.986.566.198 euros, lo que arroja una diferencia en términos absolutos de 332 millones.
A efectos del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el límite de gasto no financiero, una vez descontado el Fondo de Haciendas Locales y la aportación al Estado, queda establecido en 5.041.659.452 euros.
A tenor de lo previsto en el artículo 3, las modificaciones de los créditos presupuestarios se ajustarán a los preceptos de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, en cuanto no resulten modificados por la presente Ley Foral.
No obstante, no tendrán la consideración de modificaciones presupuestarias los movimientos de fondos entre partidas en las que figuran créditos destinados a una misma finalidad, pero que son distintas por exigencias de la Unión Europea para el mejor control del destino de los gastos al estar, en parte, cofinanciados por aquella.
En lo tocante a las modificaciones presupuestarias de los programas comunitarios (artículo 4), el Gobierno de Navarra, a propuesta del Departamento de Economía y Hacienda, previo informe de la Directora General de Fomento Empresarial, podrá autorizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la mejor ejecución de los programas y proyectos cofinanciados por la UE, de conformidad con lo aprobado por la Comisión en el documento inicial o con las modificaciones posteriores que los Comités de Seguimiento o la propia Comisión hayan introducido. Dichas modificaciones deberán financiarse con créditos de cualquier naturaleza que figuren en los estados de gastos.
Cualquier modificación de crédito que afecte directamente a las partidas en las que se recojan proyectos cofinanciados por la Unión Europea requerirá informe previo de la Dirección General de Fomento Empresarial e Infraestructuras. Se exceptúan las modificaciones que afecten a créditos cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Además de los créditos referidos en las letras a) a g) del apartado 1 del artículo 47 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, tendrán la consideración de ampliables para el ejercicio 2026 todas las partidas existentes o que fuera necesario crear para la concesión de indemnizaciones, subvenciones y préstamos que pudieran aprobarse como consecuencia del reconocimiento y reparación de las víctimas del terrorismo o de las víctimas de actos de motivación política contemplados en la legislación vigente, así como todas las partidas correspondientes al pago de cotizaciones a la Seguridad Social.
A su vez, tendrán la consideración de ampliables todas las partidas existentes o que fuera necesario crear, sin las limitaciones del artículo 38 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, para financiar las medidas para la reducción de las listas de espera en el SNS-O y para financiar las inversiones del Programa de Inversiones 2025.
La Ley integra las 368 enmiendas incorporadas al dictamen (todas suscritas en diferentes combinaciones por PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin) durante el debate previo llevado a cabo en el seno de la Comisión de Economía y Hacienda (se escrutaron 879 enmiendas, 65 in voce) entre los días 1 y 12 de diciembre. El valor de las enmiendas validadas asciende a 19.158.663 euros.
Durante el debate del dictamen en el Pleno se han presentado 7 enmiendas in voce. UPN ha presentado 6 enmiendas, todas ellas rechazadas con los votos en contra de PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin y el voto a favor de UPN, PPN, grupo Mixto y no adscrita.
El Pleno ha aprobado 1 enmienda in voce, por un importe total de 400.000 euros, a instancias de PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin. Es la siguiente:
- Una enmienda in voce de aumento de gastos por importe de 400.000 euros para una nueva partida denominada Transferencia a NASUVINSA. Construcción matadero proyecto estratégico comarcal Pirineo. Fase 1, al objeto de “sustituir a una enmienda ya aprobada para cambiar la codificación”. Se financiará con cargo a la partida Camión matadero móvil para proyecto estratégico comarcal en Pirineo, del Departamento de Cohesión Territorial. Presentada conjuntamente por PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin. Aprobada con los votos a favor de UPN, PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin y el voto en contra de PPN, el grupo Mixto y la parlamentaria no adscrita.
- www.parlamentodenavarra.es
- Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, n.º 130, de 05-11-2025)
- Publicación de las enmiendas (BOPN, n.º 137, de 18-11-2025)
- Publicación de las enmiendas (BOPN, n.º 144, de 01-12-2025)
- Publicación del dictamen (BOPN, n.º 149, de 18-12-2025)
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