Publicada el Jueves, 31 de Marzo de 2022

Aprobada modificación del Convenio Económico entre el Estado y Navarra

Supone asumir la recaudación de tres nuevos impuestos, la tasas Tobin, y Google y el IVA del comercio electrónico, además de mejoras en gestión, inspección y coordinación

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy la modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, un pronunciamiento que viene a rubricar el acuerdo suscrito el 20 de diciembre en el seno de la Comisión Negociadora y que queda ahora pendiente de su ratificación por las Cortes Generales mediante ley ordinaria.

 

El respaldo de Navarra Suma, PSN, Podemos-Ahal Dugu e I-E ha dotado de la mayoría absoluta que, de conformidad con el título IX del Reglamento, requería la decisión de la Cámara. Geroa Bai y EH Bildu se han abstenido.

 

Se trata de la sexta modificación del Convenio Económico de 1990, tras las actualizaciones de los años 1993, 1998, 2003, 2007 y 2015.

 

El nuevo texto del Convenio introduce modificaciones en 28 artículos, 6 disposiciones adicionales y 7 transitorias, todas en relación a cuestiones tributarias y financieras que rigen las relaciones entre Navarra y el Estado, y sienta las bases para un acuerdo sobre la aportación anual en el quinquenio 2019-24.

 

Por partes, con la nueva redacción que se propone para el Convenio Económico Navarra asumiría la recaudación de tres nuevos impuestos: impuesto sobre Transacciones Financieras (Tasa Tobin), el impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (Tasa Google) -en ambos casos Navarra aplicará las mismas normas que establezca el Estado- y el IVA sobre el comercio electrónico (IVA OSS).

 

A su vez, se introducen mejoras en la gestión e inspección de la Hacienda Foral, así como en la coordinación entre administraciones tributarias, también en lo que atañe a las facultades para obtener información.

 

Por otra parte, tanto en materia de IVA como en Sociedades, se eleva de 7 a 10 millones el umbral del volumen de operaciones a partir del cual las empresas deben tributar en cifra relativa. Y se atribuye a Navarra la competencia sobre contribuyentes que, teniendo su domicilio fiscal fuera de la Comunidad Foral, hubieran residenciado en Navarra al menos el 75% de su volumen de operaciones.

 

En el transcurso del debate efectuado en Pleno todos los grupos han coincidido en que la renovación del Convenio es una cuestión “primordial” para Navarra, si bien Geroa Bai y EH Bildu han discrepado en torno a la decisión de atribuir a la Comisión Coordinadora la facultad de negociar el índice de aportación a las arcas generales del Estado por las conferencias no transferidas, cifrado en el 1,6% desde 1990. A su entender, esa nueva premisa excluye al Parlamento y deja en manos de una comisión eminentemente “técnica” la negociación de un aspecto (índice de aportación) de “gran calado político”.

 

La representación de Navarra en el seno de la Comisión Negociadora del Convenio Económico ha estado integrada por Elma Saiz, Consejera de Economía y Hacienda, Óscar Martínez, director gerente de la Hacienda Foral, Javier Esparza (Navarra Suma), Ramón Alzórriz (PSN), Uxue Barkos (Geroa Bai), Adolfo Araiz (EH Bildu), Mikel Buil (Podemos-Ahal Dugu) y José Miguel Nuin (I-E).

 

En representación de la Administración del Estado han intervenido Inés Bardón, secretaria de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Inés Olóndriz, secretaria general de Financiación Autonómica y Local, María José Garde, directora general de Tributos, y Mónica García, directora general de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera Territorial.

 

El acuerdo único para la modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra dice lo siguiente:

 

Uno. - Aprobar la modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra contenida en el Anexo I de la presente Acta, en los términos siguientes:

 

-La nueva redacción que ha de darse a los artículos diez, doce, catorce, dieciocho, diecinueve, veintitrés, veintisiete, veintiocho, veintinueve, treinta, treinta y uno, treinta y tres, treinta y cuatro, treinta y cinco, treinta y ocho, cuarenta, cuarenta y dos, cuarenta y cuatro, cuarenta y cinco, cincuenta y uno, cincuenta y seis, sesenta y cinco, sesenta y seis, sesenta y siete, disposición adicional segunda, disposición adicional séptima, disposición transitoria quinta, disposición transitoria séptima.

 

- La adición de los artículos, treinta y uno quinquies, cuarenta bis, cuarenta ter, cuarenta y seis bis, disposición adicional duodécima.

 

- La supresión de la disposición adicional primera, disposición adicional octava, disposición adicional novena, disposición transitoria primera, disposición transitoria tercera, disposición transitoria cuarta, disposición transitoria novena, disposición transitoria decimocuarta.

 

 

· www.navarra.es

· Publicación de la Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 147, de 22-12-2021)