Tiene por objeto ampliar las atribuciones del Defensor del Pueblo de Navarra para que como complemento a lo ya dispuesto en la Ley Foral 4/2000, vele también por la defensa y mejora del ejercicio de los derechos de la infancia y la adolescencia, con especial atención a lo dispuesto en la Convención de Derechos del Niño (20/11/89), norma jurídica internacional que opera como guía en la materia.