Publicada el Jueves, 27 de Junio de 2024

Rechazada la modificación de la Ley Foral 8/2022 que regula el Plan de Inversiones Locales

UPN proponía alinear la atribución de competencias y la capacidad de inversión de las entidades menores de 500 habitantes elevando al 100% la financiación de obras básicas

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin y los votos a favor de UPN, PPN y Vox, la modificación de la Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales.

 

La proposición de Ley Foral impulsada por UPN tenía por objeto alinear la atribución de competencias y la capacidad de inversión de aquellas entidades locales que carecen de recursos financieros para hacer frente al importe no financiable de las obras relativas a redes de abastecimiento, saneamiento, pluviales, pavimentación (con o sin redes) y urbanización de travesías, tal y como se especifica en el artículo 15 de la normativa en vigor.

 

A tal fin y teniendo en cuenta que los porcentajes máximos de financiación de las inversiones oscilan entre el 65% y el 85% del importe deducible (IVA excluido), se proponía elevar dicha bonificación al 100%, en el caso de entidades locales de “menos de 500 habitantes”, cuyo “presupuesto y remanente de tesorería” resultaran “inferiores al cargo no subvencionable”. Además, según se hacía constar, la deuda debía ser “inferior al presupuesto anual” y la necesidad de operar “justificada”.

 

La financiación absoluta de la obra, a la que se dotaba de carácter “retroactivo”, quedaba supeditada a un informe previo de los servicios técnicos, jurídicos y económicos del Departamento competente en la materia.

 

En la exposición de motivos se invocaban los principios de la autonomía local, que entre otros garantizan la suficiencia financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias, y se advertía de los “perjuicios y riesgos para el interés y la salud pública” que, en determinadas circunstancias, entraña la imposibilidad de acometer determinadas actuaciones, por ejemplo la “renovación de las viejas conducciones de fibrocemento”.

 

El artículo único con el que se pretendía modificar la Ley Foral 8/2022 añadiendo un nuevo apartado 4 al artículo 15, decía lo siguiente:

 

«4. Se podrá financiar el 100 % del importe auxiliable (IVA incluido), previo informe de los servicios técnicos, jurídicos y económicos del departamento, para aquellas inversiones presentadas por una entidad local menor de 500 habitantes y que cumplan las siguientes condiciones:

 

a) Esté debidamente justificada la necesidad de la inversión.

 

b) El presupuesto de la entidad local sea inferior al importe de la parte que le corresponderá asumir a la entidad local de acuerdo con los puntos 1 y 2 del presente artículo.

 

c) El remanente de tesorería de la entidad local sea inferior al importe de la parte que le correspondería asumir a la entidad local de acuerdo con los puntos 1 y 2 del presente artículo.

 

d) La deuda de la entidad local, si la tiene, deberá ser inferior a su presupuesto anual.

 

5. La financiación a la que hace referencia el apartado 4 se aplicará con carácter retroactivo a todas las inversiones, incluidas en el plan, de aquellas entidades que cumplan con las condiciones enumeradas en el mismo».

 

Tramitada en lectura única, la modificación de la Ley Foral de Derechos Culturales de Navarra, aprobada en marzo de 2022, hubiera entrado en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.