fines

Se elimina el carácter potestativo del artículo 2 y se recupera la redacción original, que obliga a destinar dicho fondo a fines asistenciales y de cooperación de ONGs

[20/12/2012]

La declaración se realizará por un procedimiento administrativo, no judicial, y la herencia se ingresará en la partida de "otros fines sociales" de los Presupuestos Generales

[30/06/2016]