El Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra es el alto comisionado del Parlamento de Navarra, designado por éste para la defensa y mejora del nivel de protección de los derechos y libertades amparados por la Constitución y la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

Su función primordial consiste en salvaguardar a los ciudadanos y ciudadanas frente a los posibles abusos y negligencias de la Administración.

La Institución del Defensor del Pueblo fue creada y regulada por la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, aprobada por el Parlamento de Navarra el 22 de junio de 2000.

El Pleno del Parlamento de Navarra, en sesión celebrada el día 10 de marzo de 2022, nombró Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral a D. Francisco Javier Vera Donázar.

Entre sus funciones, la institución del Defensor del Pueblo realiza investigaciones y los poderes públicos y organismos de la Comunidad Foral están obligados a ayudarle, con carácter urgente. Puede, asimismo, formular a las Administraciones Públicas advertencias, recomendaciones, y sugerencias para la adopción de nuevas medidas. Informa siempre a la parte interesada del resultado de sus investigaciones y gestión, así como de la respuesta de la Administración. 

Disfruta de autonomía y no recibe instrucciones de ninguna autoridad. Goza de inviolabilidad e inmunidad. 

El Defensor del Pueblo puede estar auxiliada por un Adjunto, y designa y cesa libremente a los asesores y personal de confianza necesarios para el ejercicio de sus funciones. Elabora el anteproyecto de su Presupuesto, siendo una partida del Presupuesto del Parlamento de Navarra.

Puede dirigirse al Defensor del Pueblo toda persona, natural o jurídica, sin restricción alguna, para el esclarecimiento de actos, resoluciones y conductas concretas que afecten a una persona o grupo de personas producidas en la Administración Foral o Local de Navarra.

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