Resolución por la que el Parlamento insta al Gobierno de Navarra a articular ayudas económicas para los afectados por la tormenta de granizo acaecida el 30 de junio en tierra Estella
Aprobación en Comisión de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. Día 23 de septiembre de 2009
Se insta al Gobierno de Navarra a elaborar un informe de los daños causados por las tormentas caídas el pasado 30 de junio en tierra Estella, principalmente en Valdega y el valle de Metauten, así como en zonas de Allín y de Améscoa, en el que se recoja la limitación geográfica de las zonas afectadas y una cuantificación de los daños y las pérdidas producidas.
Se insta a la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (Agroseguro) a que agilice el proceso de tasación de los daños registrados en las explotaciones aseguradas y proceda al pago de las correspondientes indemnizaciones a los afectados en aquellos casos en los que se haya registrado una pérdida total de la cosecha, sin esperar a las fechas previstas en los contratos de seguro.
Se insta al Gobierno de Navarra a que promueva ante la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, organismo dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), la realización de los estudios técnicos necesarios que permitan incluir, a la mayor brevedad posible, la cobertura de los daños sobre la madera en los seguros correspondientes a las producciones leñosas, de forma que dicha garantía ampare tanto los costos necesarios para el mantenimiento de la capacidad productiva de la plantación, como una compensación sobre las pérdidas que puedan registrarse en futuras cosechas.
Se insta al Gobierno de Navarra a valorar la reducción de los módulos fiscales a tener en cuenta en la correspondiente declaración de la renta, para aquellos agricultores cuyas explotaciones se localicen en las zonas que se han visto afectadas.
Se insta al Gobierno de Navarra a adoptar medidas de carácter puntual que beneficien a los agricultores perjudicados, como puede ser la solicitud por estos de que se permita la quema de las parcelas de cereal que no se puedan cosechar por ser siniestro total.