Noiz argitaratua Osteguna, 2010.eko Abenduak 23

Ley Foral por la se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 68.780 metros cuadrados de terreno comunal pertenecientes al Ayuntamiento de Oteiza

Aprobación en Pleno. 23 de diciembre de 2010

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad La Ley Foral por la se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 68.780 metros cuadrados de terreno comunal pertenecientes al Ayuntamiento de Oteiza.

La medida tiene por objeto posibilitar su posterior permuta por 17.195 metros cuadrados, con el fin de llevar a cabo la ampliación del Polígono de Actividades Económicas de Oteiza, “necesaria para atender la demanda de la empresa Soterna, del sector de energías renovables, y posibilitar la instalación de nuevas industrias en la localidad”.

El establecimiento de la empresa Soterna S. Coop. “lleva asociado la creación de 50 puestos de trabajo en un plazo de cuatro años. Ello supone la sostenibilidad de la población de Oteiza, además del efecto llamada para el establecimiento de nuevas empresas que generen actividad económica y empleo”.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 140.5 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la desafectación de la superficie que se solicita por el Ayuntamiento de Oteiza, al superar los límites establecidos de pequeña parcela, requiere que sea aprobada mediante Ley Foral.

La Ley aprobada dice así:

Artículo 1. Declaración de utilidad pública.
Se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 68.780 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Oteiza correspondientes a parte de la subparcela H) de la parcela 252 del polígono 2 del Catastro de Oteiza. En tanto se realice la permuta de estos terrenos, en los términos del artículo 2 de esta Ley Foral, mantendrán su condición de bienes comunales.

Artículo 2. Autorización para la permuta de forma directa.
Se autoriza al Ayuntamiento de Oteiza para la permuta de los terrenos descritos en el artículo anterior, por 17.195 metros cuadrados, propiedad de don Conrado Zudaire Morentin y don Isidro Zudaire Morentin, correspondientes a la totalidad de la superficie de la parcela catastral 532 del polígono 1, con el fin de obtener terreno para la instalación de la empresa Soterna S. Coop. del sector de energías renovables para la producción de colectores modulares de energía solar para proporcionar agua caliente sanitaria, calefacción y aire acondicionado, generando 50 puestos de trabajo en el plazo de cuatro años y disponer de terreno para futuras nuevas industrias, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que en el acuerdo de permuta se incluya una cláusula de reversión a favor del patrimonio comunal, en el caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación o las condiciones a que se sujetaron.

b) Que dicha cláusula de reversión se refleje en los documentos públicos que formalicen los contratos y se inscriban en el Registro de la Propiedad, tal y como figura en el Pliego de Condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento de Oteiza en fecha 28 de julio de 2009.

c) Que se cumplan las estipulaciones reflejadas en el Pliego de Condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento de Oteiza, con fecha 28 de julio de 2009, para la desafectación de 68.780 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de la subparcela H) de la parcela 252 del polígono 2 del catastro de Oteiza.

d) Que el Ayuntamiento de Oteiza para evitar la progresiva disminución del patrimonio comunal de la Entidad Local proceda a la compra de 34.390 metros cuadrados a los que de la calificación jurídica de bienes comunales.

e) Que la elección de esos nuevos terrenos comunales a adquirir y las mejoras a realizar, deberán ser previamente aprobadas por la Sección de Comunales del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Disposición final primera. Disposiciones de aplicación y desarrollo
Se faculta al Gobierno de Navarra a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de esta Ley Foral.

Disposición final segunda. Entrada en vigor
Esta Ley Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
 

Archivos adjuntos

Archivo adjuntoBOPN 31-12-10