Noiz argitaratua Osteguna, 2013.eko Ekainak 27

Ley Foral que actualiza las pensiones de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra

Aprobación en Pleno. Día 27 de junio de 2013

Supone un incremento del 1%, el mismo índice aplicado por la Seguridad Social, con efectos retroactivos al 1 de enero de 2012 y un coste estimado de un millón
El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad la Ley Foral por la que se actualizan las pensiones de las clases pasivas del personal funcionario de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra

La Ley Foral tiene por objeto “incrementar las clases pasivas de este personal funcionario en el mismo porcentaje establecido para las del sistema de la Seguridad Social en el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

En la práctica, supone que los 5.003 pensionistas de los montepíos de las administraciones públicas de Navarra verán actualizada su pensión en un 1%, con efectos retroactivos al 1 de enero de 2012. El coste de esta medida asciende a 1.076.010,00 euros.

 

De los 5.003 beneficiarios, 3.050 pertenecen al Montepío de la Diputación Foral; 890 al Montepío General Municipal; 925 al del Ayuntamiento de Pamplona; 90 al de Tudela; y 48 al de Tafalla.

 

Los Presupuestos Generales de Navarra financiarán los 665.172 euros imputables al Montepío de la Diputación Foral y los 190.362 euros que costará la actualización a los pensionistas del Montepío General Municipal.

 

Por su parte, el coste de la actualización en los Montepíos de Pamplona, Tudela y Tafalla se financiará con cargo a los presupuestos de los respectivos ayuntamientos, en concreto 195.429 euros para Pamplona, 16.582 euros para Tudela, y 8.465 euros para Tafalla.

 

De este incremento se excluyen las pensiones mínimas de viudedad y orfandad, referenciadas al salario mínimo interprofesional. Asimismo, y en aplicación de la normativa vigente en materia de pensiones públicas, no se actualizarán las pensiones que, por sí solas o en concurrencia con otras pensiones públicas percibidas por el mismo beneficiario, superen la cuantía máxima anual establecida para las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social.

www.parlamento-navarra.es
• Publicación del Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 73, de 25-06-2013)

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