Noiz argitaratua Osteguna, 2013.eko Abenduak 19

Aprobada la toma en consideración de la propuesta de modificación de la Ley de Hacienda Pública de Navarra

Busca revertir la desconfianza hacia la gestión pública con nuevos parámetros de transparencia en torno al estado de las cuentas y el alcance de los riesgos asumidos

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de SN, Bildu, Aralar-Nabai, PPN, I-E y los no adscritos y el voto en contra de UPN, la toma en consideración de la proposición de Ley de modificación de la Ley Foral 13/2007 de Hacienda Pública de Navarra, en lo referido al contenido de las Cuentas Generales de Navarra y las operaciones financieras.

 

La proposición de Ley impulsada por los no adscritos tiene por objeto revertir la “desconfianza” hacia la gestión pública introduciendo nuevos parámetros de “transparencia” en torno a la “cantidad y calidad” de la información que las instituciones facilitan sobre el “estado de sus cuentas y el alcance de los riesgos” asumidos.

 

A tal fin, se propone que la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra establezca el riesgo vivo máximo de los avales otorgables por la Administración de la Comunidad Foral y las entidades dependientes, de modo que uno y otro colectivo conozcan anualmente los límites respectivos de tales operaciones, también en lo relativo al volumen de garantías emitibles durante el ejercicio.

 

En ese sentido, se prevé que, salvo autorización expresa del Parlamento, ninguna persona física o jurídica pueda resultar beneficiaria de avales por cuantía superior al 5% del riesgo vivo máximo establecido en la Ley de Presupuestos, ya sea para la Administración Foral o para las entidades dependientes (entidades públicas empresariales, fundaciones públicas y sociedades públicas dependientes).

 

Por otra parte, en lo que a las normas generales de contabilidad respecta, se prevé que todos los bienes, derechos y obligaciones figuren por su precio de adquisición o coste de producción. Y, en sintonía con el recordatorio de Comptos, se demanda la inclusión de las infraestructuras y bienes de uso público general dentro del inmovilizado.

 

En cuanto a las cuentas generales, se plantea que una memoria global amplíe y comente la información contenida en el balance, la cuenta de resultado económico patrimonial y el estado de liquidación del presupuesto. El objetivo, según se precisa, es disponer de forma desglosada de datos relativos a los compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios venideros, de manera que sea posible conocer en detalle la evolución del endeudamiento y de los avales asumidos por la Comunidad Foral, ya sea directamente o a través de las entidades dependientes.

 

En ese contexto, para poder disponer también de las cuentas de Audenasa y de Parques de la Naturaleza de Navarra (Sendaviva), se proyecta la inclusión de las cuentas anuales de aquellas sociedades que, sin ser públicas, tengan la consideración de dependientes o multigrupo, de acuerdo con la normativa mercantil.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación de la Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 110, de 30-09-2013)

Rechazada la toma en consideración de la propuesta de modificación de la Ley de Hacienda Pública de Navarra

Pretendía establecer algunos límites normativos a la competencia del Gobierno de Navarra relativa al otorgamiento de préstamos

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de UPN y SN y los votos a favor de Bildu, Aralar-Nabai, PPN, I-E y los no adscritos, la toma en consideración de la proposición de modificación de la Ley Foral 13/2007 de Hacienda Pública de Navarra, en lo tocante al otorgamiento de préstamos por parte de la Hacienda Pública.

 

La proposición de Ley impulsada por los no adscritos tenía por objeto establecer algunos límites normativos a la competencia del Gobierno de Navarra relativa al otorgamiento de préstamos.

 

Según se planteaba, los empréstitos a conceder por la Hacienda Pública de Navarra deberían ser autorizados por Ley y, salvo permiso expreso del Parlamento, no podrían ser de cuantía superior al 5% del riesgo vivo máximo establecido en la Ley Foral de Presupuestos Generales, ni ser concedidos a un tipo de interés inferior al 50% del tipo máximo establecido en la citada Ley, ni contener un plazo de amortización superior a 4 años. Y en el caso de préstamos finalistas, salvo dispensa del Legislativo, deberían asegurarse también las cautelas necesarias para el aseguramiento del fin perseguido.

 

En la exposición de motivos, los proponentes aludían a la necesidad de evitar situaciones como la vivida con ocasión de la concesión de un préstamo finalista al Ayuntamiento de Tudela en 2006, una operación que “supera los límites de actuación que podrían considerarse normales”, dado que “no se previeron los mecanismos jurídicos necesarios para garantizar” la razón de la hipoteca (“no se ha destinado al fin estipulado”) y tampoco ha bastado el plazo de amortización a 16 años (sin intereses), prorrogado en 2011 tres años más.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación de la Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 132, de 15-11-2013)