Noiz argitaratua Osteguna, 2015.eko Martxoak 26

Aprobada la modificación de la Ley Foral de promoción, atención y protección a la infancia y adolescencia

Se recupera la Ley de 2013, que suprime directamente la prioridad de las unidades familiares sin hijos en la adopción de menores de 0-2 años sin necesidades especiales

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de Socialistas de Navarra, Bildu, Aralar-Nabai, PPN y no adscritos, la abstención de I-E y el voto en contra de UPN, la Ley Foral de modificación de la Ley 3/2014, de 14 de marzo, de promoción, atención y protección a la infancia y adolescencia.


Tramitada en lectura única e impulsada por los G.P. Socialistas de Navarra, Bildu, Aralar-Nabai, PPN y no adscritos, la Ley tiene por objeto anular la modificación operada en 2014 para, a fin de evitar las dificultades de interpretación creadas, volver a al texto de 2013, que suprime directamente, sin margen de transición alguno, la prioridad de las unidades familiares sin hijos en la adopción nacional de menores de 0-2 años sin necesidades especiales.


Con la modificación aprobada hoy, la misma que avaló el Pleno del 14 de marzo de 2013, no se altera el orden de prelación de los expedientes ya iniciados, de modo que las personas incluidas en listas para la adopción a la fecha de la entrada en vigor de esta norma (al día siguiente de su publicación en el BON) conservarán su lugar y su derecho.


La modificación de la Ley aprobada el 13 de marzo de 2014 acotaba a dos años la precedencia de las familias sin hijos que, a la entrada en vigor de la Ley, figurasen inscritas en el Registro de Adopciones de Navarra y hubieran sido declaradas idóneas desde el punto de vista psicológico y social por el órgano competente.


Una vez finalizado dicho plazo o archivado el expediente por cualquiera de los motivos previstos en el ordenamiento vigente, el orden de prelación para la adopción de menores venía determinado por la fecha de inscripción del ofrecimiento en el Registro de Adopciones de Navarra.


El problema de interpretación suscitado por la Ley 3/2014 es que no quedaba claro si ese margen de dos años se aplicaba desde la modificación de la Ley aprobada en 2013 o desde la aprobada en 2014.


Con la vuelta a la redacción de la Ley vigente desde marzo de 2013 es hacer de la adopción el instrumento idóneo para “procurar el medio y el contexto familiar más adecuado” al menor y no una vía para “otorgar un niño/a una familia que no lo tiene”.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación de la Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 40, de 17-03-2015)