Aprobado el dictamen en relación con la proposición de modificación de la Ley Foral de las víctimas de la represión de 1936
Se extiende, en el objeto de la Ley Foral, la restitución, el reconocimiento y la rehabilitación de la memoria “a las víctimas de la práctica del robo de bebés”
La Comisión de Relaciones Ciudadanas e Institucionales ha aprobado hoy el dictamen en relación con la proposición modificación de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral delas ciudadanas y de los ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936.
La proposición de Ley Foral, presentada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezquerra, tiene por objeto extender a las víctimas de la práctica de bebés robados la restitución, el reconocimiento y la rehabilitación de la memoria de las víctimas de la práctica del robo de bebés. Con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, Partido Socialista de Navarra, Partido Popular de Navarra e Izquierda-Ezkerra y la abstención de Unión del Pueblo Navarro se ha ampliado el objeto de la Ley Foral, que dice así: “la presente Ley Foral tiene por objeto recuperar la memoria histórica en relación con aquellas personas que fueron asesinadas o fueron víctimas de la represión franquista en Navarra a raíz del golpe militar producido a partir del 18 de julio de 1936, restituyendo, reconociendo y rehabilitando la memoria de las personas asesinadas, así como las víctimas de la práctica del robo de bebés”.
El G.P. UPN ha presentado una enmienda para sustituir en el Dictamen la expresión “rodo de bebés” por “sustracción de menores”, que ha sido rechazada con los en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, Partido Socialista de Navarra, Partido Popular de Navarra e Izquierda-Ezkerra y el voto a favor de Unión del Pueblo Navarro.
En el Dictamen se han incorporado modificaciones a la proposición de ley foral con enmiendas presentadas por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, Partido Socialista de Navarra e Izquierda-Ezquerra de las que se informa seguidamente.
La Comisión ha aprobado una enmienda que añade un nuevo párrafo al artículo 3 de la Ley Foral 33/2013, que reconoce el derecho a la exhumación de las personas asesinadas como consecuencia del golpe militar del 36, para establecer que “las víctimas de bebés robados tendrán los mismos derechos en el caso de que en el proceso de esclarecimiento y búsqueda sea necesaria la apertura de algún enterramiento”.
El Dictamen incorpora a la Ley Foral 33/2013, en su artículo 4, relativo a las medidas que la Administración de la Comunidad deberá llevar a cabo para el cumplimiento de los objetivos de la Ley Foral un nuevo apartado para “apoyar a las víctimas del robo de bebés causados por la represión de la dictadura franquista, tanto a sus familias como a las personas que buscan su identidad biológica”. Esta modificación ha sido aprobada con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, Partido Socialista de Navarra, e Izquierda-Ezkerra y la abstención de Unión del Pueblo Navarro y Partido Popular de Navarra.
En el artículo 5 de la Ley Foral que regula la composición de la Comisión Técnica de Coordinación en materia de Memoria Histórica se sustituye la referencia a “las asociaciones representativas de los familiares de las personas fusiladas” por “las asociaciones de memoria histórica”. Esta enmienda ha sido aprobada con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, Partido Socialista de Navarra, Partido Popular de Navarra e Izquierda-Ezkerra y la abstención de Unión del Pueblo Navarro.
Con los votos a favor de Unión del Pueblo Navarro, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, Partido Socialista de Navarra, e Izquierda-Ezkerra y la abstención de Partido Popular de Navarra se ha suprimido el punto tres del artículo único que pretendía añadir un artículo 9.bis a la Ley Foral 33/2013 relativo a los bebés robados.
El artículo 8 de la Ley Foral 33/2013 regulador del Banco de ADN, incorpora al texto con una enmienda a las “víctimas del robo de bebés”, con la cautela de que “todo ello, siempre que no se vulneren leyes de rango superior sobre protección de datos”, que se ha aprobado por unanimidad.
En el punto 2 del artículo 13 de la Ley Foral 33/2013, relativo a la creación del Centro Documental de la Memoria Histórica de Navarra, que determina que “para la creación de dicho centro el Gobierno de Navarra promoverá la colaboración con instituciones públicas y privadas que sean titulares de archivos administrativos, religiosos, militares o particulares relacionados con esta materia”, el Dictamen incorpora un nuevo apartado que añade “pudiendo, en su caso, solicitar a las fuentes pertinentes, además, los historiales médicos sobre nacimientos producidos en Navarra desde el 18 de julio de 1936 hasta el año 1978 en cualquier centro estatal o privado, de mujeres encarceladas en cualquiera de los centros de detención existentes en Navarra durante la guerra civil y el franquismo, así como libros de adopciones y expedientes relativos a la protección de menores”. Esta enmienda ha sido aprobada con los votos a favor de Unión del Pueblo Navarro, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, Partido Socialista de Navarra, e Izquierda-Ezkerra y el voto en contra del Partido Popular de Navarra.
En el mismo artículo 13 se añadirá, en su apartado 4, un nuevo párrafo, aprobado por unanimidad, para contemplar que “se elaborará un censo de bebés robados. Este censo no será público, a fin de salvaguardar los datos personales que contenga, pero proporcionará a las personas interesadas copia de la documentación que les afecte. El Gobierno de Navarra habrá públicos únicamente los datos estadísticos que deriven del censo. Todo ello, siempre que no se vulneren leyes de rango superior sobre protección de datos”.
Asimismo, mediante una enmienda propuesta por UPN, aprobada con el voto favorable de todos los grupos, excepto el voto en contra de PPN, se incorpora al dictamen que se “facilitará a todos los investigadores acreditados que lo demanden todas las informaciones relativas a la elaboración del censo, siempre y cuando exista un compromiso escrito por parte de estos de no difundir datos de carácter personal, incurriendo en responsabilidades legales si contravinieren este compromiso”.
El Dictamen suprime del texto de la proposición, en su disposición adicional primera “el plazo de un año”, y la expresión “el deber y” en la disposición adicional tercera. Finalmente se añade una disposición adicional cuarta para que “las víctimas de la práctica del robo de bebés producidos entre los años 1979 y 1990 se acogerán a los beneficios de esta ley en el caso de que se acredite que el robo se ajusta a los supuestos establecidos en la presente norma”.
La exposición de motivos de la proposición de Ley Foral queda suprimida en el Dictamen y se sustituye por el siguiente texto:
“Esta ley amplia el ámbito de aplicación de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936 incluyendo entre los supuesto de la misma a las víctimas de la práctica de "robo de bebés".
Cabe señalar que hubo una represión de género basada en la imposición de un único modelo de ser mujer y una única forma de ser madre, la que entraba en el modelo de familia tradicional que imponía aquel franquismo moralista. En este contexto se produjeron de forma masiva los "robos de bebés", que se llevaron a cabo con la colaboración de personas pertenecientes a instituciones religiosas, sanitarias, políticas y judiciales. Así, miles de bebés fueron sustraídos a sus padres y madres en toda España para entregarlos en falsa adopción a través del engaño, la ocultación y la marginación, afectando especialmente a mujeres políticamente significadas, con familia numerosa, con carencias de índole cultural, económica y normalmente de baja posición social.
La presente Ley Foral se inscribe, por tanto, en el proceso de esclarecimiento y reparación de las mencionadas víctimas en Navarra”.
• Publicación del Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 40, de 03-03-2017)